martes, mayo 14, 2024
- Publicidad -

Isabel Rodríguez recibe 4.700 euros de multa por realizar mensajes electoralistas en Moncloa

No te pierdas...

David Durán
David Durán
Periodista, escritor y comentarista, especializado en el motorsport y e-sports. Corresponsal en Andalucía para Estrella Digital.

La portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Rodríguez, ha recibido dos multas que suman un valor de 4.700 euros por parte de la Junta Electoral Central (JEC). El motivo de este ‘regalito’ estival se debe al hecho de haber incurrido en dos ocasiones en la infracción de haber emitido mensajes electoralistas utilizando los canales oficiales del Gobierno a favor del PSOE de Pedro Sánchez frente al PP de Alberto Núñez-Feijóo. En concreto, esto ocurrió durante la campaña de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, no en las generales del 23 de julio.

En concreto, Isabel Rodríguez ha vulnerado en dos ocasiones diferentes, dos ruedas de prensa distintas, el código 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. En las ruedas de prensa que tuvieron lugar los días 3 y 10 de mayo, en ambos casos en precampaña (dado que la campaña del 28M comenzó poco después). Así lo ha determinado el JEC después de que el Partido Popular interpusiera ambas denuncias tras las declaraciones de la ahora portavoz del Gobierno en funciones Isabel Rodríguez.

La primera multa se resolvió con una sanción económica de 2.200 euros a raíz del expediente abierto a Isabel Rodríguez por parte del JEC. La segunda ha supuesto en un importe de 2.500 euros, lo cual suman los 4.700 euros que le ha costado a la portavoz realizar estas declaraciones en clave electoralista en tiempo de precampaña antes de las municipales y autonómicas (cuando aún no se habían anunciado las generales ni desconvocado las Cortes dado que eso ocurrió el mismo lunes 29 de mayo al conocerse los resultados del 28M).

Además del hecho de su constante enfrentamiento y de ser la principal oposición, el Partido Popular tiene más motivos de lo habitual para haber realizado esta denuncia. Y es que Isabel Rodríguez, desde su posición en el Gobierno y utilizando medios públicos que deben mantenerse neutrales en todo momento, cargó contra los populares. En concreto, les tildó de extremistas y antisistema cuyo fin era deslegitimar al gobierno presente (ahora en funciones). También aseguró en una rueda de prensa del 25 de abril que los populares no tenían nada que aportar a España.

Isabel Rodríguez Portavoz Gobierno España Psoe

Isabel Rodríguez prosigue los casos del PSOE de infracción del código 153.1 de la LOREG

No es la primera vez que el JEC tiene que dar un toque de atención a miembros del Gobierno de Pedro Sánchez con sanciones económicas. De hecho, el propio Sánchez fue multado con 500 euros por conceder en 2019 una entrevista para La Sexta dentro de La Moncloa en plena campaña de las elecciones generales anteriores. Aquí infringió el mismo código 153.1 que ha infringido Isabel Rodríguez en 2023, además de estar en contra de la igualdad de instrumentos entre formaciones políticas del artículo 8.1 de la LOREG.

También la entonces ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celáa, recibió una multa de idéntico valor a la primera que ha recibido ahora Isabel Rodríguez con 2.200 euros. De igual manera que ahora, fue el Partido Popular quien denunció la situación para que se encargara el JEC de tomar cartas en el asunto.

Vox podría llevarse 3.000 euros de multa por propaganda fuera de campaña

Vox también ha infringido el reglamento, según ha denunciado el PSOE – en concreto, el artículo 53 de la ley electoral. Y es que, antes de que comenzara a nivel oficial la campaña para las elecciones generales el 7 de julio, la formación de Santiago Abascal publicó y difundió el manifiesto «Sánchez destruye España«, el cual no llevaba el logo de Vox tal como recuerdan algunos medios de comunicación.

«Desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior«, tipifica la LOREG.

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -