martes, mayo 21, 2024
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El Gobierno limita la temperatura en los espacios públicos para ahorrar energía

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La temperatura del aire en los recintos calefactados no podrá ser superior a 21 grados centígrados, mientras que en los recintos refrigerados no será inferior a 26 grados, explicó el Ministerio de Industria en un comunicado.

En ambos casos, la humedad relativa del ambiente deberá estar comprendida entre el 30 y el 70 por ciento, según Industria, que apuntó que el Real Decreto modifica determinadas instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

El Ejecutivo considera que esta medida estimulará las iniciativas institucionales y empresariales encaminadas al ahorro y a la eficiencia energética, al tiempo que incentivará la entrada en los mercados de las empresas de servicios energéticos.

Aplicación obligatoria

La iniciativa parte de los ministerios de Industria y de Vivienda y su objetivo final es conseguir mayores ahorros energéticos en las grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un número elevado de personas.

Su aplicación será obligatoria en el interior de locales de uso administrativo, comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes o centros comerciales), cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos o salas de exposiciones) o restauración (bares, restaurantes o cafeterías), así como de transporte de personas (estaciones y aeropuertos).

La normativa aprobada se enmarca en el Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011, que contiene 31 medidas para un uso más racional de la energía.

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