domingo, junio 16, 2024
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Bruselas denuncia a España por discriminación fiscal a fondos de pensiones extranjeros

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En cambio, impone una retención a cuenta del 18% a los dividendos pagados a los fondos de pensiones establecidos en otro lugar de la UE o en los países del Espacio Económico Europeo, que también incluye a Islandia, Noruega y Liechtenstein.

En Portugal, mientras los dividendos de los fondos nacionales están exentos de tributación, los recibidos por los fondos de pensiones extranjeros están sometidos a una retención a cuenta del 25%.

Según la Comisión, la mayor presión fiscal a los dividendos de los fondos de pensiones extranjeros disuade a estos fondos de invertir en España y Portugal.

Al mismo tiempo, las empresas establecidas en estos países pueden encontrar dificultades para atraer capital de fondos de pensiones extranjeros debido a esta diferencia de régimen fiscal.

Por otra parte, Bruselas ha enviado a España y a Portugal un dictamen motivado, el paso previo a la denuncia ante el Tribunal de Justicia, por penalizar fiscalmente a las compañías que cambian su residencia o transfieren parte de sus activos a otro Estado miembro.

La Comisión cree que aplicar impuestos «de salida» a estas empresas vulnera el principio de libertad de establecimiento recogido en el Tratado de la UE.

En caso de que los dos países no respondan satisfactoriamente en el plazo de dos meses a la Comisión, ésta podrá denunciarlos ante el Tribunal de Justicia.

Según la legislación española, cuando una compañía establecida en España se traslada a otro Estado miembro o transfiere parte de sus activos, debe incorporar sus ganancias de capital no ejecutadas a la base impositiva de ese ejercicio fiscal, mientras que las derivadas de transacciones nacionales no se incluyen en la base.

Además, la Comisión Europea ha enviado otro un dictamen motivado a España para pedirle que modifique las normas sobre contratos en el sector público por considerar que infringen los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia.

Si el Gobierno no responde satisfactoriamente en un plazo de dos meses, la CE podría denunciar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE, aclaró la CE en un comunicado.

Bruselas considera que la nueva ley de contratos del sector público que regula la modificación de los mismos con posterioridad a su adjudicación no se ajusta a la normativa comunitaria.

En concreto, el Ejecutivo comunitario señala que el régimen de modificación español «no está en consonancia con los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia derivados de la directiva comunitaria sobre contratos públicos.

La norma española concede a los órganos de contratación «un amplio poder» para modificar condiciones esenciales de los contratos, sin que las condiciones para dicha modificación hayan sido previstas de manera «clara, precisa e inequívoca» en el documento.

Además, España permite al órgano de contratación recurrir a procedimientos negociados sin publicación en circunstancias distintas de las establecidas en el derecho comunitario, explicó Bruselas.

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