miércoles, mayo 15, 2024
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¿Se cobra paga extra si se percibe el IMV?

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Entre finales de junio y principios de julio las empresas y las Administraciones Públicas abonan la paga extraordinaria de verano.

En el caso concreto de los pensionistas, este año su cobro se adelantará a los últimos días de junio. Entre el 23 y el 27, en función de la entidad bancaria a través de la que se reciban los pagos.

Tratándose del Ingreso Mínimo Vital (IMV), muchas personas se preguntan si respecto al mismo se aplica una paga extraordinaria, pero la respuesta es «no».

¿Por qué no se cobra paga de verano con el IMV?

Según la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que es la que regula el Ingreso Mínimo Vital, la cuantía mensual que se percibe será del 100% del importe anual de las pensiones no contributivas, dividido entre 12.

La ley habla de 12 mensualidades y, precisamente por ello, no se abona ni paga extra de verano ni de Navidad a los beneficiarios del IMV.

En realidad, no es que se cobre menos, sino que los importes extra que deberían cobrarse en verano y Navidad están prorrateados en las 12 mensualidades que se perciben. Igual que ocurre con los asalariados que tienen sus pagas extra prorrateadas a lo largo del año.

¿Cuándo se cobra el IMV en julio?

La Seguridad Social abona el pago de pensiones a mes vencido, entre los días 1 y 4. Dado que este año los días 1 y 2 de julio serán fin de semana, algunas entidades bancarias adelantarán el pago al viernes 30 de junio.

BBVA, CaixaBank y Santander ya han confirmado que lo van a hacer así. En el resto de casos, los beneficiarios tendrán que esperar, al menos, hasta el lunes 3 de julio.

Complemento por hijos a cargo

Para el IMV no existe una paga extra como tal, pero lo que sí se ha reconocido es una prestación complementaria de ayuda por hijos.

Esto permite cobrar hasta 115 euros más al mes si se tienen hijos menores de edad a cargo. Aunque lo que se cobra va disminuyendo a medida que los hijos van cumpliendo años.

Para quienes ya perciben el IMV, o están tramitándolo, el reconocimiento de este complemento se hace de oficio por parte de la Seguridad Social si tienen hijos menores a su cargo.

El Ministerio de la Seguridad Social quiere recuperar los pagos indebidos del IMV

En la actualidad, más de 1,6 millones de personas perciben el Ingreso Mínimo Vital. Pero la Seguridad Social es consciente de que hay personas que lo están cobrando sin cumplir los requisitos que se exigen para ello.

Para incentivar a los funcionarios a que agilicen los trámites necesarios para recuperar los cobros indebidos del IMV, se ha establecido un plan de intensificación que consiste en realizar horas extraordinarias durante un plazo de cuatro meses.

La Seguridad Social abonará a los funcionarios 10,5 euros por cada acuerdo de inicio y por cada resolución de deuda que tramiten. Las resoluciones que impliquen la aplicación del procedimiento de compensación directa se gratificarán con 3,5 euros cada una.

La cantidad que deben devolver quienes están percibiendo el IMV de forma indebida es la equivalente a la recibida en los 180 días anteriores a la detección de la irregularidad.

Son causas que dan lugar a tener que devolver lo cobrado:

  • Cometer tres infracciones graves en relación con el IMV.
  • Falsificar datos o documentos para acceder a esta ayuda económica. En estos casos la conducta también está tipificada en el Código Penal.
  • No comunicar un viaje al extranjero que exceda de 90 días de duración.
  • No informar a la Administración de un cambio en las condiciones que permitieron el acceso a la prestación.
  • No entregar la documentación solicitada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  • Incumplimiento continuado de las condiciones económicas relativas a los límites para acceder al IMV.

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