sábado, mayo 11, 2024
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¿Prohibir o no prohibir los pesticidas que pueden enloquecer nuestras hormonas? He ahí la cuestión

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A pesar de que una norma europea establece que los pesticidas que afectan a nuestras hormonas deben prohibirse por los riesgos que representan para la salud y el medio ambiente, una serie de fuerzas parecen haberse conjurado para que muchos de ellos no sean prohibidos. Un informe de la organización PAN Europe ha denunciado las increíbles «trampas» con las que se podría estar poniendo en riesgo la defensa de la salud de los ciudadanos frente a la amenaza que representan estas sustancias.

El informe de PAN Europe apunta que, según sean los criterios que finalmente se apliquen, de entre los propuestos por la Comisión Europea,  el número de pesticidas a prohibir puede oscilar muchísimo. Desde los 31, que se sabe que causan efectos adversos de disrupción endocrina (aunque habría 50 que la literatura científica ha asociado a efectos de disrupción endocrina) a 7, solo 4 o incluso 0 pesticidas prohibidos.

El análisis realizado por esta organización, basándose en el análisis de 600 estudios disponibles en la literatura científica sobre pesticidas disruptores endocrinos, así como en una sosegada interpretación de las propuestas de la Comisión, etc. concluye que serían 31 los pesticidas que deberían ser regulados por mostrar propiedades de disrupción endocrina y efectos adversos en los experimentos con animales, lo cual representa en torno a un 6% de los pesticidas hoy autorizados en la UE. Pero que, no obstante, si se aplicasen una serie de criterios presentados como opciones por la Comisión Europea, podría reducirse extraordinariamente la lista de pesticidas que pudiesen resultar finalmente prohibidos. Curiosamente, un denominador común de ésos criterios de exclusión es que no tienen nada que ver con lo que sabe la comunidad científica sobre estas sustancias y sus riesgos.

En realidad, incluso si la lista es de 31 pesticidas a prohibir sea algo excesivamente conservador, ya que la lista de pesticidas acaso debería extenderse hasta 50 al menos, según los centenares de estudios científicos consultados por PAN Europe. Sería simplemente la introducción de un matiz, el de que se hayan demostrado «efectos adversos», el que hace que se eliminen otras sustancias que acaso deberían ser incluidas ya que son sustancias que se sabe que causan efectos de disrupción endocrina y que es altamente probable que causen ese tipo de efectos adversos aunque no se hayan realizado experimentos que hayan registrado ese tipo de efectos concretos.

 La Comisión Europea se basa fundamentalmente en los estudios de las propias industrias

Pero más chocantes son, desde luego, para PAN Europe, el resto de criterios de exclusión que se proponen como opciones, porque en ellos se tiene mucho menos en cuenta aún el conocimiento científico. Así, por ejemplo, como la Comisión Europea no tiene en cuenta debidamente los estudios realizados por la ciencia académica y se basa fundamentalmente en los estudios de las propias industrias, 11 de esos 31 pesticidas podrían salvarse de ser regulados. Con ello la lista quedaría reducida a 20 pesticidas.

Además, si se aplicase otro criterio propuesto por la Comisión como una opción (Opción 3) otros 13 pesticidas podrían ser excluidos por considerar «irrelevantes» de forma harto discutible, y desde luego dudosamente científica, sus efectos. Con ello ya solo quedarían 7 pesticidas para ser regulados.

Pero eso no es todo, ya que si se aplicase otro pintoresco y anti-científico concepto propuesto por la Comisión, el llamado criterio de «potencia», ello serviría para hacer que otros 3 pesticidas se cayesen de la lista. Este criterio (Opción 4), defendido por la industria, pero mucho más que cuestionado por la comunidad científica, dejaría así la lista en solo 4 pesticidas que podrían ser regulados.

Pero la cosa no queda ahí. Todavía puede resultar peor. Si se aplica otra opción, la Opción B que la Comisión Europea propone en su «hoja de ruta», incluso esos 4 pesticidas podrían quedar sin ser regulados. Esta última opción consistiría en que podría considerarse que puede existir un nivel supuestamente «seguro» de exposición a esas sustancias, aplicando unos métodos tradicionales de evaluación del riesgo que son muy cuestionados por la comunidad científica. Sería volver, en buena medida, a la toxicología trasnochada que no sirve en absoluto para determinar los riesgos reales de este tipo de sustancias.

En conclusión, apunta PAN Europe, «estas últimas opciones, anulan totalmente la efectividad de la regulación de pesticidas (marcada en el Reglamento 1107/2009) para proteger la salud humana y la del medio ambiente». Así pues, «al contrario de lo que dice la industria, la Hoja de Ruta de la Comisión Europea, sólo presenta opciones con un pequeño o incluso nulo impacto comercial y que, además, dejan de tener los beneficios para la defensa de la salud de los ciudadanos que estaban previstos en la regulación de pesticidas, socavando en gran medida las actuales leyes sanitarias sobre estas sustancias»

Una peculiaridad de estas sustancias alteradoras hormonales es que podrían causar efectos a niveles delirantemente bajos de concentración

Es mucho lo que está en juego en este tema  a pesar de que como tantas veces pasa con asuntos muy importantes, muchos ciudadanos europeos no se hayan enterado. Sin embargo,  en mayor o menor medida, es probable que puedan estar en juego cosas tan importantes como las dificultades que mucha gente puede tener para engendrar hijos, el mayor o menor riesgo de desarrollar una serie de cánceres o el cociente intelectual de muchos niños, por no citar más posibilidades. Porque efectos como esos han sido asociados por infinidad de estudios científicos a estas insidiosas moléculas sintéticas que todos los habitantes del mundo desarrollado tenemos ya en nuestros cuerpos. Unas sustancias que podrían alterar el equilibrio hormonal y entre las que se cuentan no pocos pesticidas. Esos venenos que esparcimos generosamente sobre las frutas y verduras que luego nos comemos.

Una peculiaridad de estas sustancias alteradoras hormonales es que, según dicen los científicos, podrían causar efectos a niveles delirantemente bajos de concentración. Tan bajos que no está nada claro que pueda establecerse con claridad un nivel seguro alguno, por bajo que sea, de exposición a este tipo de sustancias especialmente en periodos críticos de la vida, como el embarazo. Es por ello precisamente, y no por casualidad, que la norma antes citada -el Reglamento de pesticidas de 2009 de la UE- establece algo tan tajante como que deban prohibirse aquellos pesticidas que sean disruptores endocrinos. Porque se entiende que se habla de un tipo de sustancias con el que no es demasiado aconsejable entrar al juego de establecer niveles supuestamente «seguros» como se ha venido haciendo hasta ahora en el tema de la presencia de residuos de pesticidas en la comida.

Los descubrimientos científicos sobre cómo actúan estas sustancias han puesto patas arriba el mundo de la toxicología y se asume, incluso por la OMS, que los test  oficiales que han venido haciéndose hasta ahora no sirven para evaluar debidamente el riesgo de estas sustancias. Nada más y nada menos. Algo que siembra de incertidumbre, de inseguridad en suma, elementos clave de la seguridad alimentaria occidental. Algo, por sí solo, enormemente contradictorio. ¿Cómo puede basarse la seguridad en algo inseguro? Lo que se sabe hoy sobre estos contaminantes arroja serias sombras de duda, por ejemplo, sobre los Límites Máximos de Residuo o la Ingesta Diaria Admisible, que teóricamente deberían marcar la frontera entre lo seguro y lo inseguro de los niveles de contaminantes alimentarios a los que nos exponemos, como son los residuos de pesticidas que se esparcen generosamente sobre millones de hectáreas de los cultivos de los que comemos.

Es precisamente por hechos de este tipo que el Reglamento 1107/2009 de la UE sobre pesticidas estableció que aquellos pesticidas que pudiesen ser disruptores endocrinos -es decir, alteradores hormonales- no deberían ser autorizados y fijó una fecha -finales de 2013- para que las autoridades europeas hubiesen establecido los criterios para identificar estas sustancias y, así, poder proceder a su eliminación.

Los criterios para identificar esas sustancias y prohibirlas debían ser exclusivamente criterios científicos objetivos

Lo lógico habría sido que la norma se aplicase sin más y se identificase y prohibiese con urgencia esos pesticidas. Pero, lamentablemente, la Comisión Europea no cumplió ni en tiempo ni en forma. Esos criterios que hace mucho que deberían haber sido establecidos todavía no han sido fijados y probablemente vaya a tardarse mucho en tenerlos. Pero no solo se ha incumplido el plazo sino que, como ya se ha visto,  no está nada claro que los criterios que se establezcan vayan a ser serios. Es decir, que es probable que no sirvan para cumplir con el Reglamento y, por lo tanto, para proteger debidamente la salud de los ciudadanos, sino más bien para no prohibir muchos pesticidas disruptores endocrinos, tal y como se ve en el informe de PAN Europe.

Es importante destacar que el Reglamento de 2009 establecía que los criterios para identificar esas sustancias y prohibirlas debían ser exclusivamente criterios científicos objetivos. Es decir, limitarse a ver si, objetivamente, unas sustancias pueden dañar o no la salud y si es así, prohibirlas sin más. En lugar de eso la Comisión Europea, en un acto sorprendente,  retrasó el establecimiento de esos criterios alegando, de forma muy reveladora, que antes había que ver qué impacto tendrían esos criterios para una serie de negocios. Cuando, obviamente, el Reglamento no decía que debieran condicionarse los criterios sanitarios objetivos a ninguna evaluación del impacto sobre negocio alguno. Condicionar los criterios objetivos para la defensa de la salud humana a si estos pueden afectar a una serie de intereses económicos concretos es algo escandaloso.

Después, y en perfecta consonancia con el lamentable espíritu de lo anterior, la Comisión Europea  hizo pública una pintoresca «hoja de ruta»  sobre qué criterios debían aplicarse para  determinar si un pesticida o cualquier otra sustancia es disruptor endocrino o no. Pintoresca porque, en lugar de limitarse, como debiera, a basarse únicamente en el conocimiento científico actual sobre estos contaminantes (según el cual se tiene muy claro qué es un disruptor endocrino y como identificarlo), esta «hoja de ruta» pone al mismo nivel los criterios defendidos por la comunidad científica y una serie de criterios con escaso sustento científico pero que son más del gusto de los fabricantes de pesticidas. Como si todo fuese cosa de «escoger» entre los criterios más serios, que representarían prohibir más pesticidas, y los criterios de la industria que, claro, llevarían a que muchos pesticidas e incluso todos, se pudieran salvar de la prohibición. Algo incalificable porque, obviamente, ningún criterio que no se base en el mejor conocimiento científico actual debiera ser siquiera tenido en cuenta.

Siendo que la elección de estos criterios para identificar estas sustancias es un paso previo sine qua non para prohibir aquellas que lo merezcan, decir, como si nada, que los criterios que defiende la comunidad científica son solo una de las posibles opciones, poniéndolos en plano de «igualdad» con otra serie de opciones de dudosa seriedad es algo que abre graves interrogantes.

Para comprender lo que está pasando es importante tener en cuenta el poder de la industria de los pesticidas, representada en Europa por ECPA (Asociación Europea de Protección de Cultivos) en la que están empresas como Monsanto, Syngenta, Bayer, BASF, Dow Chemical…

Esta industria, obviamente, sigue muy de cerca cualquier cosa que pueda afectar a sus negocios. De modo que, tanto ella como algunos sectores del agro-negocio  afines, llevan mucho tiempo movilizados para torpedear decisiones que pudieran afectarles.

 Ni son tantos los pesticidas que pueden acabar prohibidos, ni en el caso de los que se prohíban, será previsible que suceda «hecatombe» alguna

Tampoco conviene olvidar que en este tema los intereses de la industria de los pesticidas son compartidos por sectores mucho más amplios de la industria química. Aunque haya sido el Reglamento de pesticidas el que ha hecho que deban establecerse los criterios de identificación de los disruptores endocrinos, centenares de otras sustancias diferentes de los pesticidas y presentes en infinidad de otros productos -plásticos muy usados, productos de limpieza, pinturas, productos de aseo, cosméticos, tejidos…- son también disruptoras endocrinas. Así que, en realidad, es buena parte de la industria química la que está movilizada en el tema.

Los fabricantes de pesticidas presionan desde antes de que se redactase el Reglamento de pesticidas de 2009 y han seguido haciéndolo después. La presión se fue intensificando según se acercaba la fecha en la cual la Comisión Europea debía establecer los criterios para identificar las sustancias disruptoras endocrinas (finales de 2013). Recibieron, sin duda, una gran alegría cuando la Comisión incumplió el plazo, anunció la realización de una evaluación del impacto económico y presentó su singular «hoja de ruta».  Una «hoja de ruta» que mezcla de forma dudosamente procedente criterios científicos con aquellos que son más del gusto de las industrias químicas, abriendo la puerta a que finalmente los criterios sanitarios objetivos puedan ser marginados.

La industria temía que muchos pesticidas fuesen prohibidos porque la literatura científica ha asociado muchos plaguicidas muy vendidos a efectos de disrupción endocrina. Desde el famoso glifosato de Monsanto, el herbicida más usado del mundo, a otro de los más usados, el  2, 4-D de Dow Chemical, pasando por insecticidas como el célebre y problemático chlorpirifos (también de Dow) o el dimetoato otro organofosforado (esta vez de la danesa Cheminova) o por fungicidas como el prochloraz de BASF o el mancozeb que fuese de Dupont, por solo citar algunas sustancias.

Todo un imperio químico comandado por muy poderosas empresas, cargadas de recursos y que hacen caja con una serie de sustancias que son diseminadas generosamente en los cultivos europeos. Un imperio químico que no quiere ver cerrarse el rentable grifo de algunos de los venenos que venden y que, enseguida, comenzó a contraatacar con informes que vaticinaban verdaderos «apocalipsis» si sus sustancias eran prohibidas.

Así fueron apareciendo documentos publicados por la industria de los pesticidas y por diversas entidades afines del agro-negocio que son citados en el informe de PAN Europe. En uno de ellos, realizado por sectores agrarios del Reino Unido, se decía podría acabar siendo prohibidos entre 44 y 87 pesticidas. En otro de ése mismo país, se decía que serían de 17 a 66. Otro de la patronal de los fabricantes europeos de pesticidas (ECPA) afirmaba por su parte que serían «más de 37». El departamento de salud de la Comisión Europea -que sorprendería saber cuántas veces contenta a los fabricantes de pesticidas a pesar de su nombre- incluso llegó a apuntar que podían ser un 20% de todos los pesticidas autorizados en Europa (es decir, unos 100 pesticidas) lo que contribuyó a que se redoblaran las alertas de las industrias fabricantes.

Sin embargo, como se ve en el informe de PAN Europe, la cosa podría finalmente no ir tan mal a los fabricantes de pesticidas, a pesar de los escenarios apocalípticos vaticinados por estos de forma interesada. Ni pérdidas económicas colosales, ni cosechas echadas a perder por las plagas y toda suerte de otras supuestas calamidades. Realmente, con la «hoja de ruta» presentada por la Comisión Europea, se podría estar en realidad, alharacas aparte, ante algo parecido a lo de la famosa la fábula de Esopo. Esa del «parto de los montes» cuando, a pesar de los aterradores presagios que parecían vaticinar que iba a nacer algo muy grande y temible, lo que nació finalmente fue un pequeño y ridículo ratón.

Como ya se ha dicho, ni son tantos los pesticidas que pueden acabar prohibidos, ni en el caso de los que se prohíban, si es que se prohíben, será previsible que suceda, precisamente, «hecatombe» alguna.  Ni para las cosechas, que tienen sistemas alternativos y mejores para combatir las plagas ni, lo que es más preocupante, para las cuentas de los propios fabricantes de pesticidas que, según el parecer de esta organización han presentado unas cifras infladas de las supuestas pérdidas que se les causarían. Sin olvidar que, en todo caso, debieran importar más las pérdidas en salud humana y ambiental que puede ocasionar seguir teniendo una serie de sustancias en circulación y que, no ya en términos de sufrimiento, sino incluso en términos puramente monetarios, podrían ser enormes.

Varios países, muy concienciados con estos temas, se han indignado por lo hecho por la Comisión Europea y los manejos para incumplir el Reglamento y bloquear lo que este había marcado. La Ministra sueca de Medio Ambiente, Lena Ek, por ejemplo, manifestó que «ese retraso era debido al lobby de la industria química, que estaba presionando a distintos comisarios». Suecia decidió denunciar a la Comisión ante el Tribunal Europeo de Justicia por el retraso en la publicación de los criterios  de identificación de estas sustancias y por no proteger a la población y al medio ambiente frente a los riesgos de los alteradores hormonales. El Consejo Europeo anunciaría luego su apoyo a Suecia en esta demanda y es probable que el Parlamento Europeo también se una. Los ministros de medio ambiente de 8 países (Suecia, Dinamarca, Francia, Bélgica, Países Bajos, Alemania, Noruega y Austria) han pedido también que en una carta conjunta dirigida al Comisario de Medio Ambiente  que se actúe seriamente en la regulación de las sustancias químicas, a fin de reducir la exposición humana a los alteradores hormonales.

Como si fuesen una especie de delincuentes, estafadores o saboteadores hormonales, este tipo de sustancias podrían activar lo que no debe activarse, desactivar lo que no debe desactivarse, bloquear lo que no debe bloquearse… en algo tan sensible y esencial como el sistema endocrino. Actuando, como las propias hormonas naturales, a niveles bajísimos de concentración. Todo ello conforme a unos mecanismos de acción que no han sido adecuadamente tenidos en cuenta hasta ahora en los test oficiales que se han empleado para autorizarlas.

 La Comisión Europea ha convertido el dinero en el centro del debate como si este importase más que el sufrimiento humano

 Cualquier persona que tenga un mínimo conocimiento de todo aquello a lo que está ligado o regula el sistema endocrino -metabolismo, crecimiento y desarrollo, formación y función de los más diversos órganos…- no puede otra cosa que sentir como se le eriza el vello al saber que hay sustancias que pueden perturbarlo y que podría no actuarse contundentemente para proteger la salud humana contra ellas. Alterar el sistema endocrino puede tener innumerables implicaciones a muchos niveles (embarazo, metabolismo de las grasas, presión arterial, defensas, funcionamiento del páncreas,  riñones, cánceres hormono dependientes, como los de mama, testículos o próstata…).  La cosa puede ser todavía más grave en momentos críticos como el desarrollo del embrión y el feto, cuando pueden darse profundos efectos en el desarrollo cerebral, la formación de las extremidades o del aparato reproductor, o en la de los más diversos órganos y tejidos, teniendo consecuencias que unas veces se verán enseguida y otras veces podrán manifestarse décadas después.

Sugerir tan solo que el dinero pueda influir en la forma en la que se tomen o no en consideración las pruebas objetivas de algo que puede dañar la salud humana de esa manera es algo escandaloso. Sin embargo la Comisión Europea ha convertido el dinero en el centro del debate como si este importase más que el sufrimiento humano. No obstante, en un giro que probablemente no esperaban ni la Comisión Europea ni las industrias químicas, ha habido también quienes se han dedicado, con la calculadora en la mano, a evaluar no las supuestas o reales pérdidas de unas pocas empresas, sino las astronómicas pérdidas económicas que suponen los costes sanitarios causados por estas sustancias. Diferentes informes muy serios han mostrado que económicamente es mucho más rentable prohibir muchas de estas sustancias que sostener su uso.

Si lo estipulado en el Reglamento de pesticidas no se cumple o será la primera vez que las propias instituciones que debieran velar por el cumplimiento de las normas no lo hacen. Pero, ciertamente, sería muy preocupante.

Carlos de Prada

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