domingo, mayo 19, 2024
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Tele 5 condenada por contratar a personas «carentes de credibilidad»

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El Tribunal Supremo lo tiene claro, Telecinco contrata «personas carentes de credibilidad», pero dadas a la polémica y la provocación, para conseguir un mayor índice de audiencia en sus programas de crónica social, espectáculo o entretenimiento». 

Al menos por ese motivo es por el que ha condenado a Aída Nizar y a Gestevisión Telecinco a indemnizar con 20.000 euros a una exconcursante de Gran Hermano, Mercedes, por vulnerar su derecho al honor. 

La sentencia recalca que el medio de información es responsable porque «la falta de credibilidad de quien hace unas declaraciones potencialmente constitutivas de intromisión ilegítima en los derechos fundamentales al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, no exonera ni a la persona que las hace, ni al medio informativo que propicia su intervención«.

La Sala Primera del Supremo les hará pagar a las dos partes sancionadas por haber afirmado que la demandante había abortado pese a no existir prueba alguna que lo atestigüe. El alto tribunal confirma así la decisión de la Audiencia de Salamanca, que declaró la existencia de intromisión ilegítima en el honor de la demandante.

Hay que recordar que todo se remonta al programa Acorralados, cuando la citada Aída Nízar comentó que había acompañado a su amiga íntima Mercedes a una clínica para interrumpir un embarazo.

Para el Supremo, esta afirmación es «carente de veracidad», al «no existir prueba alguna de la relación sentimental de la demandante, ni de que hubiera quedado embarazada, ni de que hubiera sido obligada a abortar, ni siquiera de que Aída Nízar fuese su amiga íntima o la hubiera acompañado».

Además sentencia que la identificación de la demandante y su relación con los hechos que ofendían su honor, era «altamente probable para los espectadores que fueran público experto, como seguidores habituales de este tipo de programas».

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