sábado, mayo 18, 2024
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El camino de la anulación de las candidaturas de Askatasuna y D3M

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Minutos antes de la medianoche, y por tanto del comienzo de la campaña electoral, el Constitucional notificaba a los representantes de ambas formaciones su decisión, contra la que ya sólo cabe apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, lo que, en cualquier caso, no evitará que por primera vez no haya listas auspiciadas por ETA en las cabinas de voto del País Vasco.

Respecto de Askatasuna, el Constitucional considera que el conjunto de pruebas valoradas por la sala del 61 del Tribunal Supremo para acordar la anulación de sus listas electorales permiten concluir que este partido está «al servicio» de la organización terrorista.

Así, la sentencia afirma que «no puede admitirse que sea manifiestamente irrazonable y, por tanto, susceptible de ser corregida en esta sede» la convicción del Supremo de que Askatasuna pretendía suceder a la ilegalizada Batasuna para cumplir la voluntad de ETA de mantener su presencia en las instituciones.

Esa realidad, dice el TC, queda «acreditada a partir de una serie de pruebas que (…) ponen de manifiesto un verdadero concierto material y de propósito entre organizaciones formalmente diversas que, por encima de una personalidad jurídica aparentemente distinta, buscan sólo alcanzar su integración vicaria en las instituciones al servicio de un grupo terrorista».

En cuanto a D3M, el tribunal ha considerado que ha quedado acreditada la «efectiva voluntad» de la agrupación electoral de «defraudar pronunciamientos judiciales firmes» mediante su instrumentalización al servicio de los partidos políticos ilegalizados HB-EH-Batasuna, ANV o EHAK/PCTV.

La resolución, sostiene que la conclusión alcanzada por el Supremo de que existe una continuidad o sucesión de D3M respecto de los partidos ilegalizados ya citados, es un «juicio razonable y no arbitrario».

«Estrategia unitaria del entorno ETA-Batasuna»

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, impugnaba el pasado 5 de febrero ante el Tribunal Supremo las candidaturas de Askatasuna y D3M por considerar que ambas formaciones «responden a una estrategia unitaria del entorno ETA-Batasuna».

En los recursos, que incluyen los informes elaborados por la Policía y la Guardia Civil y las actuaciones del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, se acreditaba, que las dos formaciones «responden a una estrategia de conformación de listas para que Batasuna esté presente en el Parlamento vasco».

«Hay contaminación de las personas y del objeto y en el diseño y conformación de las listas intervinieron los partidos ilegalizados», ha añadido.

Según el Gobierno, sólo doce de los 84 miembros de las candidaturas de Askatasuna no han tenido relación con ETA o con alguna de las formaciones ilegalizadas anteriormente y el orden con el que se han confeccionados las listas refleja la «paranoia» y la «desconfianza» de la banda terrorista, ya que se ha colocado en los primeros lugares a quienes tienen más vinculaciones.

También la Fiscalía presentó su escrito de impugnación de las listas de Askatasuna, partido del que dice que es un «partido durmiente» activado de un día para otro por el entorno de Batasuna para servirse de él en su actividad política.

«Imprescindible» la vía penal

Por último, la Fiscalía de la Audiencia Nacional pedía al juez Baltasar Garzón que suspenda las actividades de ambas formaciones -cuyas candidaturas a las elecciones vascas del 1 de marzo ya habían sido anuladas por el Tribunal Supremo- para que «no contaminen la vida social» de los próximos comicios.

El Ministerio Público considera «imprescindible» la vía penal para que tanto el partido Askatasuna como la agrupación electoral D3M «no puedan contaminar la vida social ni en este proceso electoral ni en otros aspectos».

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