lunes, mayo 20, 2024
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Aseguradora condenada a pagar casi 13 millones de euros por negligencia médica en un parto

Los hechos se remontan a 2015, cuando la madre acudió al hospital privado Rosaleda de Santiago de Compostela, la indemnización es la más alta concedida hasta ahora en España por un caso de esta naturaleza

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El Juzgado de Primera Instancia número uno de Santiago de Compostela ha emitido una sentencia condenatoria contra la aseguradora Segurcaixa Adeslas, ordenando el pago de casi 13 millones de euros, incluidos intereses, a una familia debido a un caso de «negligencia médica» durante un parto.

La mayor indemnización en la historia de España por una negligencia médica durante un parto

La información fue confirmada por el abogado Cipriano Castreje, quien representó a la familia en el caso. Según el letrado, el bebé sufrió «severos daños al nacer debido a una mala praxis médica», una afirmación respaldada por la sentencia judicial. Castreje criticó la actitud de la aseguradora, que no ha consignado ninguna cantidad desde el nacimiento del bebé, a pesar de los fallos judiciales anteriores, uno de los cuales reconoció al niño una discapacidad del 100%.

Los hechos se remontan a 2015, cuando la madre acudió al hospital Rosaleda de Santiago de Compostela para dar a luz. Tras un intento fallido de parto natural y un retraso en la intervención quirúrgica necesaria, se produjo una hipoxia intraparto, a pesar de las señales indicativas en el registro cardiotocográfico. Esto resultó en que el niño naciera con graves problemas de salud, incluyendo parálisis cerebral espástica, ceguera, epilepsia, sordomudez, retraso mental y otras discapacidades severas.

El abogado destacó que la discapacidad del niño fue reconocida al 100% por una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, revocando una decisión administrativa previa que otorgaba una discapacidad del 67%. La indemnización de casi 13 millones de euros otorgada por el tribunal es la más alta concedida hasta la fecha en España por un caso de esta naturaleza.

La sentencia también señala que la aseguradora tenía conocimiento de la negligencia médica desde el momento en que ocurrieron los hechos, por lo que su falta de acción no está justificada.

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