viernes, abril 26, 2024
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Tres años de suspensión de empleo para un guardia civil que cometió un error al notificar una multa

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La Guardia Civil ha acordado la suspensión de empleo durante tres años del agente que fue condenado por el Tribunal Supremo a tres años de prisión por «cometer un error» al notificar una multa de tráfico, según ha informado a Europa Press el portavoz de la familia del agente, Juan Gregorio.

La resolución sancionadora, a la que ha tenido acceso Europa Press, ha tenido lugar tras la apertura de un expediente disciplinario por falta «muy grave» contra el agente, R.G., en noviembre de 2014. La decisión ha sido adoptada por el ministro de Defensa, Pedro Morenés, a raíz del informe del asesor jurídico de la Dirección General de la Guardia Civil.

En el documento se justifica la resolución de «suspensión de empleo durante tres años» al considerarse a R.G. autor de una «falta muy grave» al cometer un «delito doloso condenado por sentencia firme relacionado con el servicio o cualquier otro delito que cause grave a la administración o a los ciudadanos».

En este sentido, el portavoz de la familia ha indicado que el agente sancionado «no está trabajando en el Cuerpo desde el mismo día que le notificaron el expediente».

De este modo, ha hecho alusión a los Hechos recogidos en la resolución, donde se indica que «llegado el momento de referirse a la dosificación del castigo» que «sin duda merece» en el ámbito corporativo, la «inaceptable condena impuesta» a R.G. que fue «favorablemente informada» por el Director de la Guardia Civil y el Ministro del Interior «no resulta plenamente conforme y adecuada a los principios de proporcionalidad e invidualización».

«Es evidente, como así lo ha indicado repetidamente la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que no toda condena hace al condenado acreedor de la más grave sanción de separación del servicio, pues en otro caso se hubiera establecido como sanción única para todos los casos de condena para un servidor público, la extinción del vínculo con la Administración, lo cual no es así, y de hecho el legislador en el régimen sancionador de la Guardia Civil ha querido referirse específicamente entre las infracciones consecutivas a una sentencia condenatoria a dos elementos valorativos de obligada, aunque no exclusiva valoración», indica el documento.

Por su parte, en declaraciones a Europa Press, la madre de R.G. ha mostrado su «agradecimiento» al Ministro de Defensa porque con «su decisión» ha evitado que a su hijo le expulsaran de la Guardia Civil, al ser esta la propuesta inicial del Cuerpo en el expediente sancionador. Además, ha agradecido la «constante preocupación» que «desde el principio ha tenido» por el caso de la Delegada del Gobierno, Cristina Cifuentes.

Sobre la petición de indulto que han solicitado para R.G. para evitar su entrada en prisión, ha indicado que la familia sigue «a la espera» después de que presentaran la petición hace 14 meses. La solicitud fue apoyada con más de 33.000 firmas.

Sentencia condenatoria por falsedad documental

La sentencia condenatoria de R.G. fue emitida el 5 de diciembre de 2013, por la Sala de lo Penal y confirmó el fallo dictado por la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, el 15 de julio de 2013.

En el fallo, se condenó a R.G. a tres años de prisión, por un delito de «falsedad documental», penado con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de seis meses, con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial para cualquier cargo o empleo público por un periodo de dos años, así como al pago de la mitad de las costas procesales.

El Supremo considera que «no se ha producido la lesión del derecho a la presunción de inocencia» . «El recurrente falsificó los hechos de los boletines de denuncia al exponer en los mismos una infracción de tráfico cuando esta no había tenido lugar en la hora allí fijada (el agente no estaba de servicio en ese momento), como tampoco el día en cuestión, en uno de estos boletines», especifica el TS.

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