viernes, abril 26, 2024
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La venta de tabaco ya no es rentable para la hostelería

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Hasta hace poco más de diez años, era impensable que un bar, una cafetería o un restaurante no tuvieran una máquina expendedora de tabaco. A día de hoy, cada vez son menos los establecimientos dedicados a la hostelería que tienen una máquina de este tipo.

Para muchos empresarios, la rentabilidad obtenida por cada cajetilla de tabaco vendida (15 céntimos) no compensa el alto riesgo que existe de sufrir una sanción si la gestión del punto de venta no se realiza de forma adecuada. Algo que cada vez es más complicado, ya que la normativa se ha endurecido mucho en los últimos tiempos.

Según datos de la Asociación Española de Puntos de Venta con Recargo (AEPRV), el número de máquinas expendedoras de tabaco que están en activo ha pasado de 170.000 a 110.000 en apenas unos años.

Requisitos para ser un Punto de Venta con Recargo (PVR)

Contar con una máquina de tabaco en un establecimiento abierto al público, o poder dispensar tabaco en mostrador, no es una actividad permitida a cualquier negocio fuera del ámbito de los estancos.

Según la legislación española, solo pueden actuar como PVR los quioscos de prensa ubicados en la vía pública, los locales de venta de prensa que tengan acceso directo a la vía pública, las tiendas de conveniencia de estaciones de servicio, establecimientos de hostelería cerrados, hoteles y hostales, salas de fiesta y de uso público en general.

El propietario del establecimiento debe acudir a uno de los tres estancos más cercanos a la ubicación de su negocio, pagar la tasa y remitir su solicitud al Comisionado. Una vez obtenida la licencia para actuar como PVR, esta estará en vigor durante tres años.

El alto riesgo de sanción reduce el número de PVR

Los establecimientos de hostelería y otros negocios habilitados para la venta de tabaco cada vez muestran un menor interés en esta actividad.

El beneficio por cada cajetilla vendida es de 15 céntimos, así que unas 200 cajas vendidas al mes apenas sumarían 30 euros. A cambio, el riesgo de sufrir una sanción si no se hace bien la gestión, es muy elevado.

La normativa impone que quienes están habilitados como PVR deben adquirir el tabaco en alguno de los tres estancos más cercanos. Pero se encuentran con dos problemas: o bien el estanco no tiene personal para ofrecer el servicio de abastecimiento de máquinas expendedoras, o bien el estanco abastece a tantos establecimientos que está saturado.

La cuestión es, que si el PVR no se abastece en los puntos que indica la ley, puede ser sancionado. La multa por adquirir el tabaco en un estanco no asignado es de entre 600 y 3.0005,06 euros.

A efectos prácticos, un titular de un Punto de Venta con Recargo que sea sancionado por comprar el tabaco en otro estanco, no podrá pagar la multa con los beneficios que haya obtenido de la máquina expendedora.

A ello hay que sumar que la máquina tiene una serie de costes adicionales de mantenimiento, reparación y consumo eléctrico que debe asumir el titular del negocio. A medida que se venden cada vez menos cajetillas de tabaco en máquinas expendedoras (la venta de tabaco picado está en cifras récord tras la subida del precio de los cigarrillos en los últimos años), tener una de estas máquinas en un establecimiento de hostelería se vuelve cada vez menos rentable. 

En España, en 2021, un 19,8% de los mayores de 15 años consumían tabaco a diario, y la cifra sigue descendiendo año tras años. Con menos fumadores y más trabas burocráticas para poder vender tabaco, es previsible que las máquinas expendedoras acaben prácticamente por desaparecer de los establecimientos de hostelería de aquí a un plazo de tiempo no demasiado largo.

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