viernes, abril 26, 2024
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Cibeles justifica personarse en el caso `Mascarillas´ por el perjuicio sufrido

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A principios de semana, el empresario Luis Medina pidió -a través de un recurso de reforma- al juez del caso de las mascarillas que el Ayuntamiento de Madrid no sea acusación particular puesto que «ha firmado y aceptado los contratos investigados, y por esa participación a lo largo de la instrucción podría derivarse algún tipo de responsabilidad» no compatible con ser perjudicado.

Los servicios jurídicos del consistorio, que ejercen de acusación particular, han presentado un escrito para formular su oposición al recurso de reforma, alegando que fue la Fiscalía quien solicitó expresamente que se hiciera ofrecimiento de acciones al Ayuntamiento dentro de las diligencias solicitadas al órgano judicial.

El escrito de los servicios jurídicos municipales añade que el Ministerio Fiscal justifica el ofrecimiento en base al perjuicio sufrido por el Ayuntamiento, razonando que el mismo consiste en «el pago de un sobreprecio indebido que, sin perjuicio de su exacta determinación en el momento procesal oportuno, cabe identificar prima facie con el importe de las comisiones cobradas por los querellados».

También responde el escrito a la alegación de Medina de que «el Ayuntamiento de Madrid de ninguna de las maneras se ha visto perjudicado por los contratos investigados, ya que llegaron todas las mascarillas que eran de buenísima calidad, por los guantes se les devolvió la diferencia (adquiriendo los enviados porque eran a precio adecuado) y, en cuanto a los test, no consta que una vez recibido el reactivo no hayan funcionado”.

Frente a dicha alegación, destacan los servicios jurídicos que «la cuestión nuclear de la estafa objeto de investigación no se circunscribe a que los bienes no se hubieran entregado, o a que la calidad de los bienes fuera inferior a la pactada (sin perjuicio de que, efectivamente, los guantes que se entregaron no eran los determinados en el contrato celebrado sino de calidad ostensiblemente inferior)».

Por el contrario, se trata de que «los querellados fijaron los precios de los mismos ocultando al Ayuntamiento que un elevado porcentaje de tales precios (aproximadamente un 60 % para las mascarillas, un 81 % para los guantes y un 71 % para los tests) correspondía a las comisiones que los mismos querellados iban a percibir; lo que supuso un incremento exorbitante del precio de los productos contratados».

«En definitiva, como consecuencia de la actuación de los querellados, el Ayuntamiento de Madrid ha soportado un perjuicio económico derivado del sobrecoste oculto sufrido en dichos contratos, lo que resulta suficiente para tener la consideración de víctima en la presente causa», argumentan los servicios del Ayuntamiento. EFE

 

A.M.

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