viernes, abril 26, 2024
- Publicidad -

Abortar y callar

No te pierdas...

La gran repercusión social de la sentencia del juzgado de Málaga en relación a un médico de familia de Antequera que se declaró objetor para evitar dar información y derivar a las mujeres a los centros sanitarios donde pueden abortar trasciende por más de un motivo. Por un lado, la Justicia rechaza que los médicos de familia puedan declararse objetores de conciencia porque, como señala la Nueva Ley del Aborto, ellos no intervienen directamente en la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Las decenas de facultativos que se habían inscrito en el Registro de Médicos Objetores, guste o no, tendrán que atender a las mujeres que quieran abortar, informarles del proceso y derivarlas a las clínicas que efectúan los abortos.

Para evitarlo, el médico pedía la suspensión cautelar de la instrucción del Servicio Andaluz de Salud. Esta sentencia, de alguna manera, silencia a quienes quieren extender la objeción más allá del interés público, que es precisamente lo que prima el juez. La primera resolución judicial sobre un caso de objeción desde que se aprobó la nueva regulación, al menos, pone en primer plano a quien va dirigida, las mujeres y sus derechos sanitarios. Recurrida por el PP y el Gobierno de Navarra en el Tribunal Constitucional, la norma gana terreno ante la posibilidad de ser tumbada en el alto tribunal. La Junta de Andalucía – al igual que hicieron de manera similar en Castilla la Mancha – lo celebra porque protege las garantías para abortar como dicta la ley. Por otro, la comisión deontológica del colegio oficial de Médicos de Málaga estudia recurrir.

El juez se decanta por los derechos sanitaros a los de conciencia y, a su vez, reconoce un “difícil equilibrio” jurídico. Sin entrar en posicionamientos particulares, la sentencia  admite la discusión. Según el magistrado, informar a la mujer sobre el aborto no afecta al “núcleo duro” de la conciencia del médico. Como concepto jurídico ¿en qué perímetro situamos ese epicentro de valores? En el Sistema Público de Salud. Porque el “difícil equilibrio”, escribe, “sólo puede regularse a través de las normas jurídicas y de sus empleados que las cumplen”. Los motivos que alega el magistrado para reconocer la tensión entre una y otra postura no son científicos. Asocia el “difícil equilibro” a la libertad de conciencia de todos los ciudadanos a que consideren el aborto contrario a sus creencias ideológicas o religiosas. ¿Eso implica que el Constitucional valore a dios para legitimar o no la norma? ¿Lo aceptarán las mujeres?  

El día que se aprobó la ley en el Congreso, el norteamericano The Washington Post, en una información firmada por Ciaran Giles, titulaba: “Entra en vigor en España la ilimitada ley del aborto”. Y continuaba, «a pesar de que el alto tribunal «aún podría intervenir para cambiarla o suspenderla. Esta ley, aprobada por el Parlamento el pasado mes de Febrero, era el último punto de la liberal agenda que acometió el gobierno socialista cuando accedió al poder el año 2004. Se considera que esta medida sitúa a este país tradicionalmente católico más en la línea de sus vecinos seculares del norte de Europa”. El diplomático chileno Eugenio Rabinet definía a Zapatero como un presidente adelantado, en lo social, a su momento histórico. «Quiere que España sea como Suecia y gobierna como si estuviera en Suecia. Pero este país, ni lo es ni quiere serlo”. En la resolución sobre la constitucionalidad de la ley el pleno del alto tribunal denegó la suspensión por un ajustado seis votos contra cinco. Pendiente todavía de fallar sobre los recursos, los jueces del Constitucional definirán hacia qué lado de Europa acaba mirando España.

Pilar Velasco

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -