jueves, mayo 2, 2024
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La Audiencia Nacional condena a Villarejo a 19 años de cárcel por el caso ‘Tándem’

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El excomisario de la Policía Nacional, José Manuel Villarejo, ha sido condenado a 19 años de prisión por la Audiencia Nacional por los delitos de revelación de secretos de empresas y particulares, además de falsificación de documento mercantil, dentro del marco de las primeras tres piezas juzgadas de la operación Tándem. Sin embargo, se le ha absuelto de cohecho y extorsión en grado de conspiración.

Villarejo fue juzgado junto a otras 26 personas, incluido su socio, Rafael Redondo, quien recibió una condena de 13 años de cárcel por delitos similares. Nueve personas más recibieron sentencias de entre tres meses y 2 años, mientras que 16 fueron absueltas, incluyendo a la esposa e hijo de Villarejo, Gema Alcalá y José Manuel Villarejo Gil, respectivamente. Además de los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla. En el caso de Enrique García Castaño, se le excluyó del juicio por enfermedad.

La sentencia de 351 páginas destaca que, aunque Villarejo era un funcionario público cuando ocurrieron los hechos, actuó en el ámbito privado y no en el público, por lo que no puede ser condenado por cohecho.

El caso Iron implicó la contratación de Villarejo por parte de Herrero&Asociados para obtener información de un despacho rival. Por este caso, la Audiencia Nacional ha condenado a Villarejo a 4 años de prisión por revelación de secretos de empresa y a 3 años por falsedad continuada en documento mercantil.

El caso Land investigó la contratación de la empresa de Villarejo, Cenyt, para investigar el entorno del dueño de PROCISA, y la Sala condenó a Villarejo a tres años de prisión por falsificación de documento mercantil ya otros nueve años por revelación de secretos particulares.

En la pieza Pintor, la Audiencia Nacional no encontró pruebas necesarias de delito de extorsión en grado de conspiración. En este caso, solo los hermanos Juan y Fernando Muñoz Tamara fueron condenados a 3 meses de prisión por el delito de descubrimiento.

La sentencia señala que, a pesar de que no se produjo un delito de cohecho, los hechos podrían haber constituido otros delitos de defraudación que no se le imputaron a Villarejo. La magistrada Carmen Paloma González discrepó en un voto particular, afirmando que Villarejo y otros acusados ​​podrían ser considerados culpables de cohecho pasivo.

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