viernes, abril 26, 2024
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La Fiscalía recurre a la Audiencia para condenar a Falcones por fraude fiscal

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En su escrito, al que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía de Delitos Económicos de Barcelona solicita a la Audiencia que condene al escritor superventas y a su esposa, para quien pide tres años de cárcel, o anule la sentencia en la que el juzgado de lo penal número 25 de Barcelona los absolvió.

La juez admitió en su sentencia que Falcones y su mujer idearon un entramado de sociedades radicadas en el extranjero para evitar el pago de impuestos, pero concluyó que las cuotas defraudadas no alcanzaron los 120.000 euros que la ley establece como mínimo para constituir delito.

La Fiscalía cifra en 744.213 euros las sumas defraudas por el matrimonio, en los ejercicios 2009 y 2010, en colaboración con Rafael Falcones, hermano del escritor que también estuvo investigado en esta causa hasta que falleció en agosto de 2019.

El ministerio público pide a la Audiencia que, en el caso de anular la sentencia, ordene a la juez calcular las cuotas defraudadas por los Falcones entre 2009 y 2010, teniendo en cuenta que el escritor «no solamente es el generador de rentas, sino el receptor de las mismas al amparo de la estructura societaria fraudulenta» que la propia magistrada reconoce.

Según el fiscal, la propia sentencia reconoce que el 80 % de los beneficios obtenidos con «La Catedral del Mar» y el 70 % de los derivados de «La Mano de Fátima» iban a parar a dos sociedades propiedad de los acusados destinadas a «defraudar a la Hacienda pública española».

No obstante, la juez absolvió al matrimonio, con el argumento de que la Hacienda pública había dado por buena durante diez años la cesión de derechos de 2004 al entramado societario que luego consideró simulada y dejó prescribir las acciones ejercitables, para poder reclamar posteriormente el fraude en la liquidación de los beneficios de los libros.

El fiscal considera que la juez debería haber aplicado la llamada «teoría del levantamiento del velo», que permite determinar si existe «una utilización instrumental de la persona jurídica por los sujetos que integran la realidad material de la entidad».

«Así, el levantamiento del velo se ha utilizado para exigir responsabilidades en el caso de sociedades pantalla, que ocultan las verdaderas personas o entidades que tienen el control, logrando desenmascarar el sustrato real de otra sociedad o personas físicas», mantiene el escrito.

La Fiscalía también cuestiona el argumento de la juez de que cuando, el 4 de noviembre de 2004, se firmó el contrato de cesión de derechos de las obras de Falcones a unas sociedades vinculadas a la pareja, se desconocía la «perspectiva» de beneficio económico de sus libros superventas.

Para el ministerio público, la causa de esa cesión era «harto evidente», pues, añade, al día siguiente se firmaba un contrato de edición con el grupo editorial más importante en España.

El escrito del fiscal sostiene que la sentencia absolutoria adolece de la «más mínima concreción exigible a una resolución judicial» y que la condena de los Falcones por parte de la Audiencia «no resulta forzada», puesto que el tribunal tiene posibilidad de valorar las «más de mil páginas de informes periciales» que constan en la causa. EFE

 

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