lunes, mayo 6, 2024
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Audiencia de Granada descarta las medidas cautelares pedidas por Juana Rivas

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El auto de la sala, fechado ayer lunes, ha resuelto el recurso de apelación presentado contra el emitido por el juzgado instructor que declaró la no competencia de jurisdicción española, en el orden penal, sobre la nueva denuncia presentada por Rivas contra su exmarido, el italiano Francesco Arcuri.

La Audiencia ha reiterado además que, por ende, no procede adoptar las medidas cautelares solicitadas por esta vecina de Maracena al carecer de jurisdicción sobre los hechos denunciados, que presuntamente tuvieron lugar en Italia.

La fundamentación del auto recuerda que la propia Juana Rivas admite en su denuncia la «falta de jurisdicción» española en la investigación y persecución penal de los supuestos delitos de maltrato físico y psicológico y amenazas sobre sus dos hijos menores por los que ha denunciado a Arcuri.

El auto añade, como ya apuntó el Juzgado de Instrucción, que las medidas cautelares de protección contempladas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal son un instrumento del proceso penal para proteger a las víctimas del delito perseguido, «lo que no autoriza a entender que pueda adoptarlas un órgano judicial español carente de jurisdicción y por tanto sin autoridad».

La Audiencia de Granada ha reafirmado la no competencia en la causa de la justicia española en un auto contra el que no cabe recurso y en el que ha apuntado que Rivas debe estar «a lo que pueda decidir la autoridad italiana a quien corresponde conocer de la denuncia».

Junto a esta vía judicial, Juana Rivas ha presentado esta semana una petición a la Junta para que tutele a sus dos hijos y los mantenga en un centro de menores para evitar el peligro que a su juicio supone el regreso de los niños con su padre previsto para este jueves. 

 

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