miércoles, mayo 1, 2024
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Piden prorrogar instrucción de Púnica al permitirlo la reforma de los plazos

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En su escrito al juez,  la acusación defiende que este miércoles, tras publicarse ayer la nueva ley en el BOE, empieza a contar el plazo de 12 meses para la instrucción, «sin perjuicio de las prórrogas que en su caso puedan solicitarse, y queda levantada, ope legis (por ley), la fecha del 27 de agosto de 2020 como fecha de vencimiento de la instrucción de la causa».

«Nadie discutió en su momento -recuerda el escrito- que la reforma de 2015 en la ley procesal aprobada con mayoría absoluta en el Parlamento durante el Gobierno del PP no fuera de inmediata aplicación a una causa que le afectaba directamente como partido político».

Por ello apunta que no sería «comprensible que esta reforma de 2020 no fuera igualmente aplicable inmediatamente, sólo porque no sea del agrado del Partido Popular».

Cree además que la prórroga, no es solo de carácter «imperativo», sino necesaria «dado el estado de la causa en este momento» y aunque «sólo sea a efectos aclaratorios generales para todas las partes».

«Malamente puede valorarse la complejidad y el tiempo necesario para finalizar una instrucción con todas las garantías, y respetuosa con los derechos de todas las partes si, de momento, ni se han formado las piezas ni se ha puesto la prueba a disposición de las partes», lamenta señalando que esta situación cercena su derecho a un proceso con todas las garantías.

De hecho, por el estado en que se encuentra la causa, esta acusación tiene recurrido el auto que fijó el 27 de agosto como fecha final de la instrucción, recurso del que anuncia que desistirá cuando el magistrado aplique la reforma del artículo 324 de la LECrim y prorrogue el plazo.

Sobre la posibilidad de que la causa se cierre en un mes, se queja en el escrito de que «hace menos de un año» se reestructuró la causa en nuevas piezas separadas y «hasta la fecha no constan formadas las mismas materialmente».

Critica también que la Pieza Separada de Expurgo -en la que se deciden qué conversaciones y documentos deben quedar fuera de la causa-, «no está a disposición de las partes a falta de cerrar el expurgo».

Falta además en esa pieza toda la documental incautada en los numerosos registros, el volcado de todos los dispositivos electrónicos incautados «en una macrocausa de estas dimensiones, donde los investigados se cuentan por centenares».

«De ellos sólo se han puesto a disposición de las partes, el día 22 de este mes, una pequeña parte de los mismos, dónde faltan algunos tan relevantes como los de uno de los principales investigados como es David Marjaliza, o sus testaferros, o su secretaria», apunta el escrito.

También faltan «otros de enorme relevancia como el del entonces Gerente del Partido Popular de Madrid (Beltrán Gutiérrez), piedra angular para poder investigar la financiación del Partido,o el de Javier López Madrid, que según parte de la prueba a disposición de las partes sería de gran relevancia en la misma Pieza Separada».

Tampoco está a disposición de las partes «la totalidad de las conversaciones telefónicas intervenidas, una vez expurgadas», ni ha sido incorporada la prueba -registros, intervenciones telefónicas, grabación de conversaciones- que se trasladó del caso Lezo a esta causa en relación a la presunta financiación irregular del PP de Madrid.

«Ello claramente vulnera el derecho de igualdad de armas, porque cada investigado ha tenido acceso durante los últimos años a la parte que les correspondía para realizar el expurgo, y a ellos sí que se les ha facilitado copia», denuncia la acusación.

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