jueves, mayo 2, 2024
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El Supremo aparta a 5 de los 7 jueces que deben juzgar a Garzón

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Cinco de los siete magistrados del Tribunal Supremo que se iban a encargar de juzgar al magistrado Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo han sido apartados del caso. De esta forma, la Sala del 61 ha aceptado la recusación que planteó el juez, suspendido tanto por investigar las muertes cometidas durante la dictadura franquista como por ordenar las escuchas en prisión a los implicados en la trama Gürtel y sus abogados. La Fiscalía ha aceptado uno de los argumentos de Garzón, que pidió que se retirara a esos magistrados porque habían participado en la instrucción.

El todavía titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 considera que los magistrados están inhabilitados para juzgarle con imparcialidad porque intervinieron en la instrucción de la causa y tienen un «interés directo» en ella. La Fiscalía emitió el pasado 31 de mayo un informe en el que apoyaba este motivo que esgrimía el magistrado y respaldaba que los recusados deberían abstenerse por haber participado en la instrucción de la causa penal.

Pero la Fiscalía no daba la razón al juez suspendido en la segunda razón que aducía. Garzón afirmaba que los magistrados tenían un interés directo o indirecto en el pleito. «No es sólo que no podamos presumir la falta de imparcialidad subjetiva en la sala recusada, sino que toda su actuación procesal aparece como irreprochable», expone el Ministerio Público. De los cinco magistrados recusados sólo Joaquín Giménez ha admitido su «contaminación» y se ha mostrado favorable admitir la causa de recusación.

De esta forma, quedan fuera de la causa el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruíz, y los magistrados Alfonso Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. La ponencia ha corrido a cargo del presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner, después de que el ponente inicialmente previsto, el presidente de lo Militar, Ángel Calderón, anunciara su intención de emitir un voto particular discrepante.

El magistrado Juan Saavedra se ha ausentado de la reunión en el momento en que se ha tratado el punto sobre Garzón, por ser uno de los recusados. El alto tribunal deberá ahora designar otros cinco magistrados de la Sala de lo Penal para formar el tribunal, ya integrado por los dos no recusados, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero, y señalar la fecha de juicio.

Baltasar Garzón está suspendido por dos causas judiciales. La primera de ellas, por investigar los crímenes que se cometieron durante el franquismo a pesar de no ser competente para ello. La segunda, por escuchar las conversaciones entre los acusados del caso Gürtel en prisión y sus abogados.

Los cinco magistrados intervinieron en la instrucción de la causa contra Garzón

Sobre esta causa por la recusación de Garzón, que está previsto en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPS) –«haber participado en la instrucción de la causa penal»–, la Fiscalía recordaba que los recusados, a través de numerosas resoluciones, admitieron la querella presentada por Garzón. Además, la misma Sala ha respaldado «sin fisuras» la labor del instructor de la causa, Luciano Varela, y ha ido rechazando todos los recursos planteados por la defensa del juez, «así como las insistentes y muy fundadas solicitudes de sobreseimiento instadas por el Ministerio Fiscal».

Para explicar las razones a favor de la recusación, la Fiscalía ha recordado el ‘caso Liaño’. El Ministerio Público ha destacado las similitudes entre la causa y la que fue sustanciada contra el exjuez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño. En el caso de este último, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a indemnizarle con 5.000 euros en concepto de «daños morales» porque no tuvo un juicio «independiente e imparcial» en el caso Sogecable, en el que fue condenado por prevaricación.

Los cinco magistrados recusados intervinieron en la instrucción de la causa contra Garzón por el asunto de la memoria histórica admitiendo a trámite la primera querella contra el juez: realizando diligencias previas de instrucción antes de decidir la admisión a trámite de la misma, firmando resoluciones denegando de plano la personación de las víctimas de los crímenes franquistas y negándose a resolver sus diversas peticiones, entre otras actuaciones.

El escrito del juez suspendido subrayó que, además, los magistrados recusados confirmaron el archivo de la instrucción y la prosecución de la causa contra él, en contra de la reiterada opinión del Ministerio Fiscal, que solicitó el sobreseimiento hasta en siete ocasiones. Además, según Garzón, los ahora recusados sugirieron «a los familiares de los presuntos responsables franquistas que acudieran ante los tribunales para defender su prestigio, presuntamente denigrado por las resoluciones dictadas por Garzón».

La Sala del 61 está integrada por el presidente del Tribunal Supremo, los presidentes de sus cinco salas, los cinco magistrados más antiguos y los cinco más modernos de cada una de ellas. Se trata del mismo tribunal que es competente para la legalización de los partidos políticos.

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