sábado, abril 27, 2024
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Hacienda quiere evitar el fraude en las suspensiones de pagos

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La Agencia Tributaria sostiene que «el proceso concursal, en ocasiones, se ha promovido con el exclusivo fin de eludir el pago de las deudas tributarias y no para resolver situaciones de insolvencia, actuales o inminentes». Esto se debe a que la Ley General Tributaria exime a los nuevos propietarios de empresas adquiridas en procedimientos concursales del pago de los impuestos atrasados y de las obligaciones contraídas por los anteriores titulares.

Otro de los casos a los que se enfrenta el organismo dirigido por Luis Pedroche es la utilización del concurso como forma de reducir la deuda derivada de una inspección.

Por ejemplo, las deudas derivadas de sanciones y multas se colocan a la cola de los pagos en virtud de la Ley Concursal, la que rige desde 2004 los procedimientos de insolvencias, y que también permite imponer una quita de todas las deudas de los acreedores.

Hacienda se queja, además, de las «importantes dificultades» que se está encontrando para conseguir que los importes derivados de procedimientos de inspección sean reconocidos cuando se superan diferentes pasos en los concursos de acreedores, como el plazo para comunicar las deudas, la presentación del informe de los administradores judiciales o el fin del plazo de impugnación de dicho informe.

La Agencia Tributaria también quiere que los procedimientos concursales no entorpezcan la calificación de las deudas tributarias que se utilizan para demostrar delitos en procedimientos penales por fraude a la Hacienda Pública.

«La situación se agrava en las tramas fraudulentas de IVA, pues en ellas se añade el riesgo derivado de la agilización del procedimiento (concursal) para la obtención de las devoluciones» de impuestos, sostiene el organismo.

Ante esta situación, la AEAT se ha propuesto crear un protocolo especial que coordine las áreas de Inspección, Gestión, Recaudación y Servicios Jurídicos y que permita vigilar a contribuyentes que se declaren en concurso de acreedores.

Además, el organismo tiene intención de analizar una parte de las solicitudes de concursos de acreedores con el objetivo de comprobar que concurran causas objetivas de insolvencia y que esos procedimientos no puedan ser utilizados como una forma de vender la empresa sin que los nuevos titulares se hagan cargo de las deudas tributarias anteriores.

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