viernes, abril 26, 2024
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Retrasos y cancelaciones de vuelos, ¿qué hacer?

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Se acabaron las vacaciones de verano y muchas personas han de regresar a sus lugares de residencia, sin embargo, entre errores, imprevistos y otro tipo de problemas es importante conocer y hacer valer los derechos de los pasajeros en el contexto de cancelaciones o retrasos en vuelos.

Este recordatorio surge tras las recientes dificultades que muchos viajeros han enfrentado al tratar de regresar a sus hogares, debido a diversos inconvenientes.

Las aerolíneas, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), deben proporcionar asistencia inmediata a los afectados, incluyendo alternativas de transporte que garanticen una pronta llegada a su destino. Además, es crucial que las aerolíneas demuestren, si aplica, que la cancelación o retraso fue causado por circunstancias extraordinarias, librándose así de ofrecer compensaciones adicionales. Por ejemplo, en caso de tormentas, deben probar la imposibilidad de operar sus vuelos con seguridad y la atipicidad del fenómeno climático que generó alteraciones en el tráfico aéreo.

Más allá de esto, la OCU resalta que las aerolíneas están obligadas a proporcionar comida y alojamiento, dependiendo de la duración del retraso, y transporte entre el aeropuerto, el lugar de alojamiento y el destino del vuelo. Se hace especial énfasis en la atención a personas con discapacidad o movilidad reducida, quienes, según normativas europeas, deben recibir un cuidado especial.

Sin embargo, la organización señala con preocupación que, en la práctica, muchos viajeros se encuentran desatendidos y hasta obligados a dormir en aeropuertos. Ante tales circunstancias, la OCU insta a conservar toda documentación y pruebas como billetes, comunicaciones, fotografías y recibos de gastos inesperados, para respaldar futuras reclamaciones.

Antes de acudir al aeropuerto, se aconseja revisar el estado del vuelo en los sitios web de las aerolíneas o de AENA. Si surge la necesidad de solicitar compensaciones, se debe hacer por escrito y directamente con la aerolínea, guardando constancia de todo. Si las respuestas no son satisfactorias, los afectados pueden recurrir a la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), que, desde mayo de este año, tiene autoridad para emitir resoluciones vinculantes en estos casos.

Finalmente, la OCU hace un llamamiento a las aerolíneas para que se adhieran voluntariamente a las compensaciones correspondientes, evitando mayores inconvenientes para los consumidores.

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