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El comandante de la UCO no logra aclarar el origen de la investigación contra el Grupo Hafesa ante la Audiencia Nacional

Segundo día del juicio al Grupo Hafesa: el entonces teniente instructor del atestado 142/2018, hoy comandante, comparece como testigo-perito, pero no justifica el inicio de las pesquisas ni la falta de colaboración con Hacienda antes de intervenir comunicaciones
UCO Guardia Civil intervención
UCO Guardia Civil intervención

El martes 1 de julio, en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, se celebró la segunda sesión del juicio contra Grupo Hafesa. El foco principal recayó en la declaración del comandante de la Guardia Civil, integrante de la  Unidad Central Operativa (UCO), quien en el año 2018 ostentaba el empleo de teniente y firmó el atestado 142/2018 que dio origen a la causa penal. Su comparecencia, a petición de la Fiscalía, se produjo en calidad de testigo-perito, figura compleja que exige aportar juicio técnico sin eludir el carácter testimonial bajo juramento.

Durante la vista, el mando de la UCO fue interpelado insistentemente por las defensas sobre el inicio efectivo de la investigación y la base legal para solicitar medidas de alta intrusión como intervenciones telefónicas. Según los documentos analizados por este medio, la Guardia Civil presentó su primer informe el 11 de julio de 2018 ante el Juzgado Central de Instrucción número 3, en funciones de guardia. En él, no consta ninguna colaboración previa ni simultánea con la Agencia Tributaria ni con la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF).

La pieza clave: el atestado 142/2018 omite a Hacienda

Este atestado, registrado como DP 051/2018, sostiene la acusación de fraude fiscal contra diversas sociedades vinculadas al Grupo Hafesa. Pero en sus 143 folios iniciales, el documento no incluye referencia alguna a una actuación conjunta o previa con la Agencia Tributaria, a pesar de que el supuesto delito nuclear es un fraude de IVA superior a 90 millones de euros.

Ni siquiera aparece una diligencia inicial de intercambio de información o notificación a la ONIF antes de pedir medidas judiciales como las escuchas. Esta omisión fue subrayada por los letrados defensores, quienes preguntaron al comandante por qué se solicitó tal nivel de restricción de derechos sin el aval previo de la autoridad fiscal especializada. La respuesta, escueta y técnica, no halló respaldo documental en el propio atestado que él mismo firmó como instructor.

El informe de la ONIF llegó tarde: 25 de octubre de 2018

Una de las revelaciones más significativas de la jornada fue la fecha en que la ONIF se incorporó formalmente a la causa: más de tres meses después de iniciado el procedimiento judicial. El primer documento de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, dependiente del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT, no consta aportado al procedimiento hasta el 25 de octubre de 2018.

Esa demora fue interpretada por las defensas como indicativa de que la investigación penal se impulsó de forma autónoma por la Guardia Civil, sin contar con la pericia técnica de los órganos tributarios competentes. En otras palabras, se activaron actuaciones judiciales (incluidas medidas restrictivas de derechos fundamentales como las escuchas telefónicas) sin que se hubiera verificado previamente un perjuicio fiscal claro por parte de la Administración tributaria.

De Instrucción 44 a la Audiencia Nacional: una negativa que impulsó el nuevo atestado

El comandante también fue preguntado por el origen inmediato de la investigación, y su respuesta remitió a unas diligencias previas tramitadas ante el Juzgado de Instrucción número 44 de Madrid (DP 2723/2017). En esa causa, efectivamente, ya se mencionaba expresamente al Grupo Hafesa y a varios de los ahora acusados, y se llegaron a solicitar medidas restrictivas de derechos fundamentales. Sin embargo, el Juzgado de Instrucción 44 de Madrid , denegó dichas medidas por entender que no existían indicios suficientes, lo que marcó un punto de inflexión.

Ante esta negativa, y lejos de archivar el asunto, la UCO (bajo el empleo entonces de teniente del ahora comandante) elaboró un nuevo atestado ampliando el objeto de la investigación y vinculando a nuevas empresas, lo que dio lugar al informe 142/2018 finalmente remitido al Juzgado de Guardia de la Audiencia Nacional. Es decir, la intervención del órgano judicial central no fue consecuencia de una derivación fiscal, sino de la reformulación de una causa inicialmente abierta en un juzgado ordinario, cuya instructora ya había cuestionado la solidez probatoria de las medidas solicitadas.

La incómoda doble condición del testigo-perito

El comandante compareció en la doble condición de testigo y perito, una figura procesal que en la práctica plantea numerosos desafíos. Como testigo, está obligado a declarar sobre hechos que presenció o conoció de primera mano; como perito, debe emitir juicios técnicos objetivos. Esta ambigüedad quedó patente durante la vista, en la que el mando evitó pronunciarse sobre elementos esenciales no reflejados en el atestado, alegando que su función como perito no abarcaba aspectos de instrucción formal.

Sin embargo, ese argumento resultó insuficiente para aclarar por qué la UCO decidió actuar en un supuesto delito fiscal sin informe alguno de la Agencia Tributaria, y con posterior solicitud de escuchas telefónicas en un contexto aún no avalado fiscalmente.

Una causa que arranca con dudas estructurales

Lo que quedó evidenciado durante el juicio es que el procedimiento se inició con medidas altamente invasivas (como registros, incautaciones e intervenciones de comunicaciones) sin el soporte previo de los técnicos de la Hacienda Pública, algo que podría derivar en impugnaciones probatorias si el tribunal considera que la base de la causa fue endeble desde su origen.

El propio atestado lo confirma: la UCO actuó por iniciativa propia, basándose en una “experiencia previa en otros casos similares” y citando fuentes de prensa y estimaciones genéricas sobre fraude de IVA en el sector de hidrocarburos, sin que conste una derivación formal desde el Departamento de Inspección Tributaria.

El Grupo Hafesa en el punto de mira desde 2018

El Grupo Hafesa (que según el atestado controlaba hasta 11 operadoras de hidrocarburos, siete de ellas inhabilitadas) se convirtió desde 2018 en uno de los conglomerados más vigilados del sector. La Guardia Civil atribuía al grupo una “expansión sospechosa” que, supuestamente, se habría sostenido mediante estructuras opacas y testaferros. Pero la clave sigue siendo una: el presunto fraude al IVA no fue verificado ni cuantificado por Hacienda antes del inicio de la instrucción penal.

Esa omisión inicial está ahora en el centro del debate jurídico. Y lo cierto es que el comandante de la UCO, llamado a esclarecer los hechos, no ha conseguido justificar con claridad por qué se activó una causa tan compleja sin el respaldo previo de los órganos fiscales.

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