lunes, abril 29, 2024
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Campo valora la reforma que transforma la incapacidad en necesidad de apoyo

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Campo ha hecho esta valoración en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, que ha aprobado este martes el anteproyecto de ley que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

El ministro ha justificado la urgencia de la reforma «que está absolutamente consensuada» y ha deseado que su tramitación parlamentaria sea rápida «porque es mucho lo que se contempla» y lo que afecta a toda la sociedad.

«Es una ley que nos hace sentir orgullosos, como sociedad porque nos permite ser más iguales», ha aseverado.

El anteproyecto contempla cambios en la Ley del Notariado, Código Civil, Ley Hipotecaria, de Enjuiciamiento Civil, de protección patrimonial de las personas con discapacidad, de la Normativa Tributaria, del Registro Civil y de la Jurisdicción Voluntaria.

El ministro de Justicia ha destacado la modificación del Código Civil para sentar las bases del nuevo sistema basado en el apoyo, «la palabra clave del anteproyecto», que se centra en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad.

«España ratificó en 2008 la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad -que establece que estas personas tienen derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica- y a partir de ahí empieza la obligación de transformar la legislación para dar cabida a una nueva forma de entender las relaciones de las personas», ha explicado.

Según Campo, «el cambio de paradigma de esta ley -que tiene siete artículos- es un elemento transformador social» que se sustenta en el artículo 12 de la convención internacional y en el artículo 10 de la Constitución: «la dignidad de la persona».

«Es la dignidad de la persona la que nos permite decir hoy que todos nacemos con una capacidad jurídica y que somos capaces de proyectarla en función de nuestras capacidades en un entorno».

El ministro ha aclarado que «tradicionalmente se ha distinguido entre capacidad jurídica, todo el paquete de derechos que nacen con la persona, y la capacidad de ejercitarla, de tal modo que aquellas personas que se les llamaba ‘incapaces’ no podían por falta de capacidad desarrollar su vida en el día a día y había unos instrumentos legales para suplir es falta de capacidad».

Ha recordado que la reforma elimina del ámbito de la discapacidad la tutela, la patria potestad prorrogada y la patria potestad rehabilitada. 

 

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