viernes, mayo 3, 2024
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JxCat plantea en sus recursos la suspensión de las elecciones europeas

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La candidatura independentista sostiene en los recursos presentados ante un tribunal contencioso administrativo de Madrid, el Tribunal Supremo y la propia Junta Electoral Central (JEC) que la decisión de esta institución de vetar a los tres candidatos europeos es «ilegal y arbitraria».

El vicepresidente primero del Parlament, Josep Costa, la diputada autonómica de JxCat Gemma Geis y el abogado Gonzalo Boye, candidato «provisional» de JxCat a las europeas en sustitución de Puigdemont, han explicado este jueves en rueda de prensa los recursos presentados contra la decisión de la JEC de excluir a los tres candidatos, que huyeron de España en 2017.

En concreto, han presentado un recurso a un tribunal contencioso administrativo de Madrid, a la sala tercera del Tribunal Supremo y a la propia Junta Electoral, para que lo dirija al tribunal que considere competente, y se reservan la posibilidad de acudir al Constitucional como segunda opción y al Tribunal de Justicia de la UE, en Luxemburgo, como último paso.

Como los letrados de JxCat entienden que la decisión de la JEC afecta al derecho de la UE, solicitan en los escritos que los tribunales a los que recurren «procedan a elevar una cuestión prejudicial europea» al Tribunal de Luxemburgo, «suspendiendo el actual proceso electoral previsto para el 26 de mayo de 2019 con el fin de no privar de derechos de manera irreparable los candidatos excluidos y sus electores».

En los recursos, de 51 páginas, los abogados sostienen que el acuerdo de la JEC es «manifiestamente ilegal y arbitrario» y entienden que «vulnera los derechos políticos» de los tres candidatos excluidos, además de su presunción de inocencia.

Esgrimen que la inscripción en el censo electoral «no es condición necesaria para el ejercicio del sufragio pasivo» pero en todo caso aseguran que Puigdemont, Comín y Ponsatí «se encuentran indiscutiblemente inscritos» en dicho censo.

Cuestionan, asimismo, la competencia de la JEC para vetar a los candidatos y en este sentido consideran que se han creado unas «causas de ineligibilidad que no tienen amparo legal de ningún tipo y que han sido creadas ad hoc por la Junta Electoral Central».

Los letrados esgrimen que la declaración judicial de rebeldía procesal «no puede privar de la condición de elector ni es tampoco una causa de ineligibilidad».

También consideran que el acuerdo de la JEC tiene una «naturaleza política», lo que creen que se desprende de las manifestaciones de «animadversión» de algunos vocales del organismo, entre los que citan a Carlos Vidal y Andrés Betacor. 

 

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