jueves, mayo 2, 2024
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Los afectados por Gescartera exigen al Supremo que aclaré la razón de eximir de responsabilidad a La Caixa

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En cambio, en la sentencia conocida ayer, el Supremo justifica la anulación de la obligación de La Caixa de sufragar junto con Caja Madrid el agujero de Gescartera -cifrado en 87,99 millones de euros- por la absolución del director y subdirector de la oficina.

De hecho, señala que al absolver a los dos empleados, «falta por completo fundamento para la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de La Caixa».

El letrado Andrés Vilacoba, del despacho Vilacoba, Ruiz, Parra & Asociados (que representa a uno de los principales afectados por Gescartera, la Mutualidad de la Policía, con 9 millones de euros perdidos), considera que ha habido una «actitud silente» del Supremo, que si no se corrige le obligará a promover un incidente de nulidad de la sentencia y, en cualquier caso, a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

En su escrito, Vilacoba recuerda que la Audiencia Nacional condenó a La Caixa no sólo por el comportamiento de sus empleados, sino porque en la sucursal «se produjeron cotidianas extracciones dinerarias por personas enviadas por los dirigentes de Gescartera Dinero, sin exigirles más documentación que la firma en el reverso por alguno de los tres apoderados que podían firmar cheques».

La Audiencia Nacional también criticó que La Caixa no realizó «las correspondientes comprobaciones acerca de la anómala operativa que efectuaba el principal cliente de la oficina de Majadahonda, en relación con los fondos confiados por los inversionistas».

Los mismos argumentos apuntan el resto de los abogados que han presentado hoy sus escritos de aclaraciones ante el Supremo, entre ellos, la letrada Rodríguez, que representa a Gestoría Montalvo, Bodegas Ayuso y Manos Unidas, con casi 700.000 euros invertidos en Gescartera.

Los letrados entienden que, en el caso de que el Supremo no aclare sus argumentos, se vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva de los afectados, lo que fundamentaría un recurso ante el Constitucional.

«Teniendo en cuenta que la sentencia recaída mantiene una actitud silente respecto a la declaración de la responsabilidad civil de Caixa D’Estalvis y Pensions de Barcelona por el artículo 120.3 del Código Penal y se limita a informar sobre la responsabilidad civil por la actuación de sus empleados, esto es, vía artículo 120.4 del Código Penal, necesario la aclaración o complemento de la misma», sostienen.

En la sentencia conocida ayer, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo anuló la responsabilidad subsidiaria de La Caixa por el agujero de Gescartera y limitó el montante que Caja Madrid deberá pagar a los clientes de la agencia de valores, que podría limitarse a 26 millones de los 87,9 millones desaparecidos.

El Supremo ha modificado así una de las cuestiones claves de la sentencia que la Audiencia Nacional dictó en marzo de 2008, al tiempo que ha absuelto a cuatro de los ocho condenados inicialmente por el caso Gescartera, cuyos máximos responsables han visto confirmada no obstante su condena.

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