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Denuncian aforamiento “a medida” de Miguel Ángel Gallardo: la Plataforma Judicial alerta de una maniobra para evitar al juez natural

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, que agrupa a magistrados y juristas comprometidos con la despolitización del Poder Judicial, denuncia que el aforamiento sobrevenido del secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, podría distorsionar el principio del juez predeterminado por la ley. La maniobra, calificada como una anomalía jurídica, ha sido puesta en evidencia por el magistrado Jesús Villegas, quien exige una reforma urgente del sistema de aforamientos en España.

Foto red social X Plataforma cívica por la indepenciencia judicial
Foto red social X Plataforma cívica por la indepenciencia judicial

Fundada en 2011 por un grupo de juristas preocupados por la deriva política de la Justicia española, la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ) se presenta como una organización democrática, plural y absolutamente independiente. Nacida bajo el impulso del catedrático Andrés de la Oliva Santos y con figuras como el magistrado Ernesto Carlos Manzano y el actual portavoz Jesús Manuel Villegas Fernández, la asociación se convirtió desde sus inicios en un referente ético y técnico contra el deterioro institucional del sistema judicial español.

Foto magistrado instructor Jesús Manuel Villegas Fernández de Abogacia española
Foto magistrado instructor Jesús Manuel Villegas Fernández de Abogacia española

Inspirada por el Manifiesto por la Despolitización e Independencia Judicial, firmado por más de 1.400 jueces en 2010, la Plataforma lucha por una Justicia imparcial, independiente del poder político, comprometida con la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad.

Un comunicado que denuncia una anomalía jurídica: el caso Gallardo

El reciente comunicado emitido por Jesús Villegas, juez decano de Guadalajara, miembro de la Sala de Gobierno del TSJ de Castilla-La Mancha y director de la revista Tempus Octobris, pone el foco en lo que califica como una “grave disfunción”: el aforamiento sobrevenido de Miguel Ángel Gallardo, secretario general del PSOE en Extremadura, tras su dimisión como presidente de la Diputación para tomar asiento en la Asamblea autonómica.

“Permite maniobras procesales para distorsionar el juez natural”, advierte el comunicado, señalando el riesgo de que la causa contra Gallardo pase del Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), debido a su nueva condición de aforado.

La crítica a la jurisprudencia del Supremo y la doctrina de la “perpetuatio iurisdictionis”

La PCIJ no entra a valorar la posible responsabilidad penal del aforado, ni las decisiones concretas de la juez instructora o del Ministerio Fiscal. Su advertencia apunta al problema de fondo: la interpretación que el Tribunal Supremo hace del artículo 24.2 de la Constitución, al permitir que una causa penal cambie de órgano judicial en función de decisiones políticas o estratégicas de la persona investigada.

Se denuncia que la figura del aforamiento se convierte en un instrumento para elegir tribunal, alterando el principio constitucional de igualdad ante la ley y socavando la seguridad jurídica.

“Si un ciudadano sin aforamiento comete un delito, no puede elegir su juez mediante una dimisión o un nuevo cargo público. ¿Por qué sí pueden hacerlo los políticos?”, cuestiona la Plataforma.

Aforamiento, “peregrinaje procesal” y tutela judicial efectiva

La maniobra es calificada como un “peregrinaje” jurisdiccional, que desnaturaliza la función judicial. Para la PCIJ, el momento clave para fijar el órgano competente no debe ser el aforamiento sobrevenido, sino el momento de la comisión del delito (dies commissi delicti), en línea con la doctrina de la “perpetuatio iurisdictionis”.

De mantenerse la actual jurisprudencia, se consagra un privilegio procesal: algunos ciudadanos, por ostentar cargos públicos, pueden modificar a su conveniencia el órgano judicial que les juzga. Esto no solo rompe con el artículo 24.2 CE, sino que atenta contra los principios de igualdad y legalidad.

“No se trata de una cuestión técnica, sino de un principio democrático: que nadie esté por encima del derecho al juez natural”, insisten los firmantes del manifiesto.

Peticiones concretas: reforma legislativa y nueva doctrina del Supremo

La PCIJ lanza dos exigencias claras a los poderes del Estado:

Al Tribunal Supremo, que reinterprete el marco de aforamientos para impedir el traslado arbitrario de causas entre jurisdicciones, ajustando su doctrina a los principios constitucionales y al marco legal vigente.

Al Parlamento, que reforme urgentemente la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), incluyendo en la futura reforma o en un texto específico la garantía institucional del juez predeterminado por la ley, eliminando las disfunciones actuales.

Esta posición ya ha sido respaldada en anteriores informes de la Plataforma y, según sus portavoces, cuenta con apoyo en sectores de la magistratura, la abogacía y la universidad

Aforamiento y distorsión del juez natural

El principio del juez predeterminado por la ley y su desfiguración práctica

El artículo 24.2 de la Constitución Española consagra el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley como una garantía fundamental. No se trata de una fórmula vacía, sino de uno de los pilares de la tutela judicial efectiva. Este derecho impide que el legislador, el poder ejecutivo o incluso la propia persona encausada puedan alterar el tribunal competente una vez que el proceso penal ha comenzado.

Sin embargo, según la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, el caso Gallardo evidencia que este principio se ha visto erosionado por una interpretación jurisprudencial permisiva. Bajo la doctrina vigente del Tribunal Supremo, la adquisición sobrevenida de la condición de aforado —por ejemplo, mediante el ingreso en una asamblea legislativa autonómica— permite transferir el conocimiento del proceso a un órgano judicial distinto.

“¿Cómo es posible que la voluntad de un investigado, al modificar su estatus institucional, desencadene un cambio de tribunal? Eso no es un juez predeterminado por la ley. Es un juez elegido de facto por el acusado”, señala el comunicado.

Esta doctrina no es nueva, pero sí especialmente preocupante cuando se activa en el contexto de causas penales con evidente repercusión política o mediática, como las que afectan a altos cargos públicos.

Jurisprudencia cuestionada: la crítica a la Sala Segunda del Supremo

El Tribunal Supremo ha mantenido históricamente una postura que legitima el traslado de competencias si el aforamiento sobreviene antes de la apertura del juicio oral. Esta interpretación, asentada en diversas resoluciones, considera que el “dies a quo” para determinar la competencia del tribunal puede modificarse si cambian las circunstancias personales del procesado.

La Plataforma cuestiona esta lógica, y propone una revisión completa a la luz del principio de “perpetuatio iurisdictionis”, que impone la fijación definitiva de la competencia en función del momento del hecho delictivo.

En palabras del magistrado Villegas:

“El derecho procesal no puede convertirse en un campo de estrategia política. Las normas de competencia no son herramientas de defensa. Son garantías institucionales que protegen a todos, no solo a quienes ostentan poder”.

Este criterio, según la PCIJ, encuentra mejor respaldo en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha reiterado la necesidad de que el “juez natural” esté determinado con anterioridad al proceso y no dependa de circunstancias variables o manipulables.

Casos paralelos: del “procés” al caso “Ábalos”

El caso Gallardo no es una excepción aislada. La lista de causas en las que se ha producido un movimiento procesal vinculado al aforamiento o desaforamiento es larga y preocupante. Desde el caso Alberto Rodríguez, en el que se discutió la pérdida de condición de diputado y el traslado de la causa, hasta las estrategias defensivas en el caso Ábalos, donde el debate sobre la jurisdicción competente ha tenido un papel central.

En el caso del procés catalán, varias decisiones del Supremo sobre los líderes independentistas también se vieron salpicadas por estas tensiones jurisdiccionales. La interpretación del artículo 71 de la Constitución (relativo a los aforamientos parlamentarios) se utilizó en su momento para concentrar causas en el Tribunal Supremo, lo que fue duramente criticado por sectores académicos y profesionales por considerarlo un “foro de excepción”.

“No se trata de blindar a los acusados. Se trata de impedir que los procesos judiciales se conviertan en un tablero de ajedrez donde los peones deciden al árbitro”, remata la PCIJ.

Reacción institucional y contexto legislativo

La figura del aforamiento ha sido objeto de debate parlamentario en diversas legislaturas, pero nunca se ha acometido una reforma integral. En 2014, el Gobierno anunció una posible supresión generalizada, pero finalmente la medida quedó en el cajón del olvido.

Actualmente, existen en España más de 17.000 personas aforadas, incluyendo diputados, senadores, altos cargos autonómicos, jueces y fiscales. La cifra no solo es alta en comparación con países de nuestro entorno, sino que se ha utilizado como argumento para cuestionar la independencia judicial.

La Plataforma reclama una actuación doble:

Reforma urgente de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para fijar de forma clara e imperativa la competencia judicial en función del momento de los hechos.

Reinterpretación del artículo 24.2 CE por parte del Supremo, abandonando la doctrina del traslado de tribunal por aforamiento sobrevenido.

Este llamado se produce además en un contexto crítico para la credibilidad del sistema judicial, afectado por múltiples frentes: la renovación bloqueada del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), las injerencias político-mediáticas y la utilización partidista de las acusaciones públicas y populares.

El papel de la Plataforma y su legado jurídico

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial no es una entidad más. Desde su fundación en 2011 ha articulado un espacio transversal, plural y no corporativo para denunciar los abusos que sufre el Poder Judicial.

Entre sus acciones más relevantes destacan:

  • Informes anuales sobre politización judicial
  • Denuncias públicas ante decisiones legislativas que afectan la independencia de jueces
  • Acompañamiento jurídico a magistrados que han sido presionados por sus resoluciones
  • Propuestas de reforma constitucional y legislativa en materia de CGPJ, aforamientos, Fiscalía y Jueces de adscripción territorial

Sus principios se resumen en el Manifiesto por la Despolitización Judicial, que sirvió de base para su constitución, y que fue suscrito por más de 1.400 jueces, la mayor movilización corporativa desde la Transición.

La denuncia realizada por la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial no es una anécdota. Se trata de una alerta seria sobre el uso estratégico del aforamiento en contextos de corrupción política y judicialización de la vida pública.

“El caso Gallardo simboliza una disfunción estructural: el uso político del Derecho Procesal para alterar el cauce ordinario de la justicia. Es hora de que el Parlamento y el Tribunal Supremo asuman su responsabilidad histórica”, concluye el juez Villegas.

El respeto al juez natural no puede estar condicionado a la agenda personal o partidista del procesado. Si el aforamiento se convierte en un refugio o un atajo, la ciudadanía pierde la confianza en el sistema y la justicia se aleja de la Constitución que la legitima.