lunes, abril 29, 2024
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Euroorden: Crónica de una muerte anunciada

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Comparto la indignación del Magistrado Pablo Llarena.

A través del auto donde se rechaza la entrega a España de Carles Puigdemont como mero responsable de un eventual delito de malversación de caudales públicos (corrupción) sin incluir el eventual delito de rebelión, así como del resto de rebeldes y huidos de la Justicia española con motivo del 1-O, el Magistrado español, ha expresado su indignación y disconformidad con la actuación de los Jueces alemanes del Tribunal Regional de Schleswig-Holstein que excluye el delito de rebelión.

En el auto, podemos leer, frases tan impactantes como reveladoras sobre la falta de confianza que este hecho va a suponer a partir de ahora para las relaciones de colaboración judicial entre Estados de la Unión Europea.

Reza el auto:

“El tribunal de ejecución [alemán] ha modificado algunos de los extremos del relato fáctico remitido por este instructor en la orden de detención, y lo ha hecho, sin conocer las fuentes de prueba recogidas con ocasión de la investigación”

“El Tribunal de ejecución [alemán] … ni legal, ni materialmente puede abordar un juicio sobre la fuerza incriminatoria de unas pruebas que no están a su alcance”

“… las circunstancias anteriormente expuestas, no solo cortocircuitan la operatividad del instrumento de cooperación internacional que hemos impulsado, sino que deterioran indebidamente, la indiciaria apreciación de responsabilidad que recoge la investigación y un auto firme de procesamiento”

En definitiva, la decisión alemana, contraviene los principios inspiradores de la Decisión Marco de la Orden de Detención Europea (ODE) y jurisprudencia del Tribunal Europeo, toda vez que no es posible que el Tribunal requerido, en este caso el Tribunal Regional alemán, entre a valorar lo más mínimo del fondo del asunto, extralimitándose inconcebiblemente en sus funciones y prejuzgando los hechos, ya que sólo y únicamente tienen que ratificar que el delito o delitos por los que se requiere la entrega del sujeto, se contemple en su ordenamiento jurídico o al menos se asemeje, por lo que ha sido, hasta ahora, la rapidez, casi automática, característica sine qua non, en las entregas de los requeridos para las euroórdenes.

La irresponsabilidad cometida por el Tribunal alemán, refleja la falta de respeto a las instituciones españolas, pero también falta de consideración a las normas europeas cuyo fin es la armonización entre Estados, colaboración máxima y respeto mutuo. Este precedente hace tambalear la colaboración, que hasta ahora, precedía entre los Estados europeos. La decisión alemana no es aislada, y ya pudimos ser testigos del decaimiento de confianza recíproca y respeto a las decisiones judiciales, con otras intervenciones que en los últimos tiempos venimos soportando. Me refiero a otras negativas inexplicables desde el punto de vista técnico-jurídico y que también, el Magistrado del Tribunal Supremo español, pone de manifiesto en su auto, puesto que Bélgica deniega la entrega de Meritxell Serret, Antoni Comín y Lluis Puig, poniendo en cuestión la ejecutividad del auto de procesamiento español, algo inaudito.

La decisión del Magistrado Pablo Llarena, sobre dejar sin efecto la ODE, permite ampliar el margen de maniobra de los Tribunales españoles frente a la decisión que el controvertido Tribunal alemán nos ha lanzado como nueva problemática, no reconociendo el delito de rebelión en la declaración unilateral de independencia acaecida el pasado 10 de octubre de 2017 y declarada, por el mismo Carles Puigdemont en la sede del Parlamento catalán.

De momento no parece que haya respuesta o crítica alguna por parte de nuestros políticos, por lo que tendremos que esperar a ver cómo se resuelve judicialmente la encrucijada que nuestros colegas alemanes nos han puesto encima de la mesa, para que definitivamente, se pueda dilucidar en un juicio que cumpla todas las garantías constitucionales el alcance de la responsabilidad penal de los dirigentes que participaron en el presunto delito de rebelión así como del presunto delito de malversación de caudales públicos, la tan famosa llamada corrupción. En definitiva, el ciudadano percibe la inseguridad jurídica que estos hechos ponen de manifiesto y resalta la duda de la auténtica efectividad de la justicia europea, basada según la Decisión Marco en un espacio de libertad, seguridad y justicia.

Ignacio Gordillo

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