viernes, abril 19, 2024
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La Audiencia anula la absolución a un guardia civil por las cargas del 1-O

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La Audiencia de Barcelona ha anulado la absolución a un agente de la Guardia Civil que fue juzgado por las cargas del 1-O en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona) y ha ordenado al juez que redacte una nueva resolución que incluya la motivación sobre las pruebas practicadas en el juicio.

La sección tercera de la Audiencia admite parcialmente el recurso interpuesto por una activista que resultó herida en una pierna por las cargas del 1-O en Sant Esteve Sesrovires y anula la absolución acordada en enero de este año por el titular del juzgado de instrucción 7 de Martorell (Barcelona).

La activista, representada por el colectivo Alerta Solidaria, argumentó en su recurso que en el juicio varios agentes del instituto armado reconocieron que no habían recibido una orden concreta de cargar contra las personas concentradas en los puntos de votación y que el golpe que recibió en la pierna no era ni proporcionado, ni idóneo, ni necesario, ni justificado.

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También recurrió la sentencia el propio agente absuelto, en su caso para que se precisara que no había quedado acreditado que era él quien había golpeado a la activista, porque había otros agentes interviniendo y se produjeron varios «acometimientos» contra la víctima, con el objetivo de evitar la incoación de un expediente disciplinario interno.

La Audiencia concluye que en la sentencia que absolvió al agente no se dio el «mínimo motivacional» sobre el desarrollo valorativo de la prueba expuesta en el juicio.

«No resulta amparable la ausencia de la más mínima mención a las diversas pruebas testificales alegadas por la recurrente», resalta la Audiencia, que advierte de que ello impide a las partes «conocer el discurso valorativo completo del juzgador y el valor asignado a estas pruebas, en absoluto insignificantes».

Por este motivo, la Audiencia anula la sentencia de enero de 2019 que absolvió al agente de la Guardia Civil y ordena al juez que la vuelva a redactar «con libertad de criterio», incluyendo en esta ocasión la motivación relativa a la actividad probatoria. 

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