domingo, abril 28, 2024
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Publicada en el BOE la prórroga de los controles fronterizos por la pandemia

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La orden amplía hasta el fin de la tercera prórroga del estado de alarma las limitaciones a la movilidad transfronteriza acordadas en marzo por el Consejo Europeo. Los socios de la UE dejaron al margen de estas limitaciones a los ciudadanos europeos o los residentes de larga duración, así como para personal diplomático.

Por regla general, no podrán entrar a España por motivos de orden público o salud pública los nacionales de países no integrantes de la UE, a excepción de que sean residentes en ella o en países asociados al espacio Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.

También podrán traspasar la frontera, como excepción a la norma general, los titulares de visado de larga duración expedido por un Estado miembro o del espacio Schengen, trabajadores transfronterizos, profesionales sanitarios o del cuidado de mayores, personal dedicado al transporte de mercancías en el ejercicio de su actividad y personal de vuelo.

Quedan igualmente al margen de la prohibición el personal diplomático, las personas en tránsito por motivos familiares imperativos «debidamente acreditados» y las personas que acrediten documentalmente «motivos de fuerza mayor o situación de necesidad» o motivos humanitarios.

La orden entrará en vigor este mismo sábado y comenzará a tener efecto la próxima medianoche. 

 

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