viernes, marzo 29, 2024
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La CNMC multa con 61 millones a 12 empresas por pactar ptecios de Fomento

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado sancionar con 61,28 millones de euros a doce empresas por un supuesto pacto y alteración de las licitaciones de servicios de conservación y explotación de carreteras convocadas por el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) desde 2014 a 2018.

Las empresas multadas y la cuantía de sus respectivas sanciones son Acciona M. (2,34 millones); Aceinsa (3,21 millones); Alvac (5,9 millones); API (ACS) (11,8 millones; Audeca -Elecnor- (2,63 millones); Copasa (5,6 millones); Elsamex (4,04 millones); Elsan (OHL) (3,02 millones); Ferroser (Ferrovial) (5,71 millones); Innovia (Copcisa) (3,35 millones); Matinsa (FCC) (8,54 millones); Sacyr C. (5,17 millones).

La empresa Aceinsa se ha beneficiado de una reducción del 50 % sobre el total de la multa impuesta, al haber aportado elementos de prueba y que han permitido a la CNMC detectar y acreditar la existencia del cártel. Su multa se ha reducido por tanto a 1.605.648 euros.

Las empresas participantes se adjudicaron 71 licitaciones de un total de 101 que sacó el Ministerio de Fomento relacionadas con la prestación de servicios de conservación y explotación de la Red de Carreteras del Estado.

El importe total de las adjudicaciones a empresas del cártel superó los 530 millones de euros, lo cual supone, según los cálculos del organismo regulador, el 63 % del importe total adjudicado por el Ministerio para los servicios de conservación de las Red de Carreteras del Estado.

Según explica la CNMC, el funcionamiento del cártel se desarrollaba a través de reuniones “para tomar café” y las empresas que formaban parte de ese cártel «establecían periódicamente los criterios de coordinación de las ofertas económicas a presentar en las licitaciones del Ministerio de Fomento para los servicios de conservación de carreteras de la Red de Carreteras del Estado».

El cártel -prosigue la nota- «agrupaba las diferentes licitaciones en grupos para los que se acordaban unos criterios comunes de presentación de ofertas económicas y asignaba una bolsa de puntos para cada grupo de licitaciones que se iban consumiendo por las empresas en función del nivel de descuentos sobre el presupuesto de contratación».

Según Competencia, cuanto mayores fueran las bajas que presentasen en sus respectivas ofertas económicas «más puntos se gastaban, aplicando una fórmula específicamente diseñada por el cártel para cada grupo de contratos».

El organismo regulador afirma que de este modo «se limitaba el número de contratos en los que las empresas presentaban descuentos altos en cada grupo de licitaciones, ya que el número de puntos de la bolsa nunca era suficiente como para tratar de conseguir todos los contratos de cada grupo».

Mediante este sistema se «incentivaba» a cada empresa del cártel a concentrar sus posibilidades de adjudicación «en un número limitado de licitaciones, presentando en las restantes, ofertas con escasas o nulas posibilidades de adjudicación, convirtiéndose así en ofertas de cobertura», añade la CNMC.

Según las investigaciones iniciadas por la CNMC desde febrero de 2014, estas empresas acordaban también el umbral de descuentos de las ofertas y se comprometían a presentar ofertas en todas las licitaciones de cada grupo, por lo que «podían conseguir» que ofertas de empresas ajenas al cártel realmente competitivas «fueran excluidas» del proceso de contratación.

La CNMC afirma que ha podido acreditar que el cártel operó entre febrero de 2014 y diciembre de 2018, aunque añade que «se han detectado conversaciones» desde 2009.

PROHIBICIÓN A NUEVOS CONTRATOS

Respecto a la prohibición de contratar con las administraciones públicas, La CNMC señala que las conductas anticompetitivas sancionadas se han prolongado más allá de la fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar (22 de octubre de 2015), por lo que se aplica la prohibición de contratar a las empresas participantes en el cártel.

En este sentido, Competencia remitirá a la Junta de Contratación del Estado la notificación de esta resolución a fin de que se inicie el procedimiento de determinación de la duración y alcance a las empresas sancionadas, en la medida que puedan seguir siendo licitantes en procedimientos de contratación pública. A la empresa Aceinsa no se le ha aplicado la circunstancia agravante, dado que se ha considerado que su valiosa colaboración por medio del programa de clemencia hace que no pueda considerarse que ha establecido mecanismos de garantía de la ejecución de la conducta.

Además, tampoco se ha incluido a Aceinsa en la prohibición de contratar con las administraciones públicas.

La CNMC recuerda que contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. 

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