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Condenado a seis meses de prisión por decir a un médico sirio “vete a tu país” en un centro de salud valenciano

La Audiencia Provincial de Valencia considera que hubo delito de odio por menospreciar al sanitario en público, al negarse a usar mascarilla tras la pandemia, el tribunal considera probado el ánimo de humillar por origen nacional

Ciudad de la Justicia de València
Ciudad de la Justicia de València

Un hombre de 77 años ha sido condenado a seis meses de prisión por humillar y menospreciar a un médico de origen sirio que le pidió que se colocara la mascarilla en un centro de salud de la Pobla de Farnals (Valencia). Los hechos ocurrieron el 31 de octubre de 2022, cuando el ahora condenado acudió a pedir cita para la dosis de recuerdo de la vacuna contra la Covid-19.

Al acceder al centro sanitario, el hombre se negó rotundamente a ponerse la mascarilla, a pesar de que en ese momento seguía siendo obligatoria en lugares cerrados como centros médicos. Primero fue requerido por una auxiliar administrativa, luego por dos médicas, y finalmente por un médico de origen sirio.

Fue a este último a quien, en tono airado y en voz alta, el acusado le lanzó la frase: “Tú vete a tu país, que nosotros aquí funcionamos de otra manera”. El sanitario, dolido por el comentario, pidió que se llamara a la Policía. Según la sentencia, el objetivo del acusado era claramente denigrar al médico por su nacionalidad, humillándolo en público delante del resto del personal y de los pacientes.

Delito de odio y daños morales

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia firme en la que condena al hombre por un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas (odio), imponiéndole seis meses de cárcel, una multa diaria de 10 euros durante medio año y una inhabilitación para ejercer cualquier profesión u oficio educativo durante tres años y medio.

Además, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 1.000 euros, más intereses, por los daños morales causados.

La actitud, el tono y el contexto agravan el hecho

La sala destaca en su resolución que el centro médico no solo era un lugar cerrado, sino también un espacio de especial vulnerabilidad para personas con enfermedades respiratorias, por lo que el uso de mascarilla seguía siendo exigido.

El tribunal ha resaltado el contraste entre el comportamiento del acusado y el del médico agredido verbalmente. Mientras que este último se mostró educado, cortés y respetuoso durante el juicio, el condenado mantuvo un tono prepotente y altivo incluso durante su declaración. También subraya que no se trata de un joven impulsivo o ignorante, sino de una persona culta y mayor, de 77 años, que sabía perfectamente el significado y la gravedad de sus palabras.

El tuteo como forma de desprecio

Un detalle que ha tenido en cuenta el tribunal es el uso del tuteo, que considera en este contexto como una forma de ninguneo. Dada su edad y formación, lo habitual en el acusado sería dirigirse de usted a desconocidos, pero eligió tutear al médico, lo que refuerza la interpretación de que ya lo conocía o, en su defecto, lo hacía con ánimo despectivo.

Según la sentencia, la expresión xenófoba no fue un exabrupto aislado, sino una forma consciente de atacar la dignidad del médico por su procedencia, constituyendo así un acto de discriminación amparado en el odio étnico y nacional.

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