lunes, abril 29, 2024
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El Defensor del Pueblo no llevará al Constitucional el «decretazo digital»

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La resolución se fundamenta principalmente en que ya se han iniciado acciones en este sentido por parte de los gobiernos catalán y vasco, además del Parlamento de Cataluña.

El citado Real Decreto-Ley de 31 de octubre, conocido como «decretazo digital», permite al Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, poder acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales.

Estos escenarios son: que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional.

El pasado 15 de enero distintas organizaciones en defensa de los derechos digitales, de internautas, consumidores y juristas presentaron ante el Defensor del Pueblo un escrito para promover su nulidad por el TC, por entender que afecta a derechos fundamentales sin ajustarse a los requisitos que la Constitución impone para regular en esta materia.

Ahora el Defensor del Pueblo se ha pronunciado en una resolución que recuerda que esta institución ha venido manteniendo el criterio general de no ejercitar la legitimación que se le confiere cuando la acción sea iniciada por otros sujetos legitimados para ello.

«Esta prudencia en el ejercicio de sus atribuciones tiene relación directa con la preservación de la neutralidad política que debe caracterizar la actuación del Defensor del Pueblo», dice en su escrito.

El rango constitucional de la institución, su carácter de comisionado parlamentario y «la autoridad moral de la que gozan sus resoluciones, parecen aconsejar la inhibición del Defensor del Pueblo en cualquier pugna procesal en la que su intervención no resulte imprescindible para cumplir adecuadamente su misión propia, que es la de garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos», aduce.

El defensor del pueblo, Francisco Fernández Marugán, se refiere en su escrito al acuerdo de acudir al TC del Gobierno de Cataluña de 29 de enero, al del Parlamento catalán de 5 de febrero y al del 21 de enero del Gobierno vasco; «el Defensor del Pueblo, vista la decisión de otros sujetos legitimados y también la voluntad de diálogo del Gobierno, no considera oportuno (…) presentar recurso de inconstitucionalidad».

Sin embargo, continúa, «los derechos fundamentales en juego exigirían reforzar las garantías para que la norma sea plenamente satisfactoria, tanto en lo que se refiere al control judicial (previo y posterior) como a la intervención del Congreso de los Diputados».

Asimismo, «un debate parlamentario sosegado -ahora posible iniciada con normalidad la legislatura- a través de un proyecto de ley, permitiría reforzar la legitimidad de medidas que, siempre con las máximas garantías, deben abordarse en la sociedad global y digital» actual.

De estas observaciones, asegura el Defensor del Pueblo, dará traslado al Gobierno.

Entre las organizaciones que firmaron el texto que ha dado pie a esta resolución del Defensor del Pueblo están la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), la Asociación de Internautas, la Asociación de Usuarios de Internet, Facua-Consumidores en acción, Grupo 17 de marzo y Críptica, además de algunos juristas.

Carlos Sánchez Almeida, portavoz de estas organizaciones y director legal de PDLI, ha dicho: «Por nuestra parte estamos satisfechos. La sociedad civil ha hecho su trabajo y de forma muy seria con un escrito muy solvente y elaborado, y a las instituciones les tocaba hacer el suyo».

En una nota, ha indicado que en la decisión ha pesado, «como era de esperar» que el Gobierno de Cataluña y del País Vasco hayan anunciado recurso; «así, de cualquier modo, el Constitucional va a valorar si esta norma se adecúa a nuestro ordenamiento y, al mismo tiempo, va a poder aclarar sus límites, que es lo que pretendíamos».

Además, Sánchez ha resaltado las consideraciones «de gran alcance» que hace el Defensor del Pueblo sobre los derechos fundamentales.

Hoy representantes de PDLI se han reunido con el secretario de Estado de Telecomunicaciones, Roberto Sánchez, y la plataforma ha defendido la necesidad de introducir la garantía judicial en la ley, al entender que afecta a derechos fundamentales, no está motivado, tiene una redacción confusa y ambigua y no contempla garantías exigibles para una intervención de las comunicaciones, como es la autorización judicial previa. 

 

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