jueves, abril 25, 2024
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El Tribunal Constitucional comienza a estudiar esta semana la «ley mordaza»

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Según ha adelantado la Cadena Ser y han confirmado fuentes del tribunal de garantías, está previsto que el ponente del borrador, el magistrado Fernando Valdés, presente su texto en el pleno que comenzará este martes, de forma que los otros once magistrados puedan estudiarlo a partir de esta semana.

Ahora bien, las fuentes precisan que en el orden del día no se contempla la deliberación ni la votación de la propuesta del magistrado, algo que aún no está fijado y que se dejará para futuros plenos.

El borrador pretende dar respuesta al recurso que en 2015 presentaron representantes del PSOE y de la mayoría de grupos de la oposición contra la ley, aprobada con el aval de los votos del PP y toda la oposición en contra, y que entró en vigor en julio de ese año.

Entre las cuestiones de la ley recurridas figura la disposición adicional que modificó la Ley de Extranjería para legalizar las denominadas «devoluciones en caliente» en las fronteras de Ceuta y Melilla, o la consideración como falta grave del uso no autorizado de imágenes o datos personales de los miembros de las fuerzas de seguridad.

Los grupos alegaban en su recurso que la ley permite la «incautación y secuestro» del material informativo lo que, a su juicio, vulnera las previsiones constitucionales sobre el secuestro de información o de publicaciones, y la posibilidad del registro corporal externo y superficial que, incluso, puede consistir en el desnudo total o parcial.

El Constitucional deberá valorar si la ley vulnera, entre otros, los derechos de manifestación y de reunión, que los recurrentes entendían infringidos.

Alegaban también que la ley contempla como infracciones pese a que no exista afectación a personas o bienes, o que puedan ser sancionadas personas que simplemente han participado en una concentración que no ha sido previamente comunicada.

Multas que se repiten también en las manifestaciones frente a las sedes del Congreso, el Senado y las asambleas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, o las alteraciones menores del tráfico. Infracciones que, para los partidos, suponen una restricción al ejercicio del derecho de reunión «injustificada y desproporcionada». 

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