jueves, abril 25, 2024
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Los trabajadores de baja médica ya no tendrán que enviar el parte a la empresa

Los trabajadores por cuenta ajena ya no tendrán que enviar el parte de baja médica a la empresa

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Hasta ahora, todos los trabajadores estaban en la obligación de enviar a su empresa los partes de baja por incapacidad temporal (IT), pero esto va a cambiar.

En unos días, este sistema va a cambiar y las empresas podrán acceder directamente a la baja médica de cualquier trabajador de la empresa por vía telemática, sin necesidad de que el trabajador tenga que enviarla.

La empresa tendrá la baja médica por vía telemática

La norma que ha aprobado recientemente el Gobierno estipula que “la comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información”.

El Real Decreto aprobado la pasada semana en el Consejo de Ministros modifica el Real Decreto 625/2014, y no entrará aún en vigor hasta que se publique próximamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El artículo 7.1 de aquel Real Decreto de 2014 era el que establecía la obligación del trabajador de entregar los partes de baja y alta médica a su empleador.

¿Qué pasará con los partes de baja?

El Gobierno ha eliminado la obligación de los trabajadores por cuenta ajena de que ellos mismos tengan que enviar a sus respectivas empresas los partes de baja médica.

Ahora, será la propia empresa la que tenga que obtener la información de la Administración.

El texto de la Seguridad Social informa que “solo se entregará una copia del parte a la persona trabajadora. La segunda copia se elimina, así como la obligación de que sea el trabajador el que la entregue a la empresa.


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