La Audiencia de Valencia respalda la investigación a Salomé Pradas por la gestión de la dana
La Audiencia de Valencia respalda la investigación a Salomé Pradas por la gestión de la dana

La Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la decisión de la jueza de Catarroja de mantener abierta la investigación contra la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, por su posible responsabilidad en la gestión de la DANA que provocó una riada con 228 fallecidos.
En un auto que no admite recurso, el tribunal sostiene que, en esta fase inicial del procedimiento, existen indicios suficientes para que Pradas declare como investigada, al entender que tenía tanto la responsabilidad de actuar como el acceso a información clave sobre los riesgos provocados por las intensas lluvias.
Rechazo al recurso de la defensa
La defensa de la exconsellera había presentado un recurso solicitando el archivo libre de la causa, argumentando que los hechos se produjeron en un contexto "complejo y confuso" con responsabilidades compartidas entre diferentes instituciones. Sin embargo, los magistrados descartan esa tesis y concluyen que la posible participación de otras personas no exime de responsabilidad penal individual.
Además, rechazan la idea de que la catástrofe se debiera a la falta de mantenimiento de los cauces, subrayando que no existe constancia de ninguna normativa que obligara a realizar obras específicas en las zonas afectadas, ni de que tales obras hubieran sido ignoradas.
La Audiencia considera, en definitiva, que la decisión de la jueza instructora de continuar con la causa era “procesalmente inevitable” y avala que Pradas sea la principal investigada en este caso.
Emilio Argüeso, también investigado
En el mismo procedimiento figura como investigado el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, quien también desempeñó un papel en la gestión de la emergencia derivada del temporal.
Inadmitidas otras querellas y recursos
El auto judicial también recoge otras dos resoluciones. Por un lado, la Audiencia ratifica la inadmisión de la querella presentada por la organización Hazte Oír contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y otros cuatro altos cargos del organismo. Según el tribunal, la querella no concreta hechos penalmente relevantes, ni los atribuye a personas concretas, por lo que abrir una causa con esa base supondría caer en una “investigación prospectiva”, algo prohibido por el derecho penal.
Los jueces recuerdan que no basta con lanzar sospechas generales ni con señalar a un organismo por el simple hecho de que sus miembros ocupen cargos de relevancia, y que las noticias de prensa no constituyen prueba suficiente para iniciar un procedimiento penal.
No se investigará a la delegada del Gobierno
Por otro lado, los magistrados también han rechazado que se cite como investigada a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé. La petición, formulada por la asociación Liberium y apoyada por Vox, había sido denegada por la instructora, y la Audiencia confirma ahora su decisión.
Según el tribunal, Bernabé no tenía competencias para declarar una emergencia nacional, ya que en casos como el de la dana, el mando único recae en la administración autonómica.