viernes, marzo 29, 2024
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Procesan por delito contra la libertad sexual al masajista acusado de abusos

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El masajista donostiarra investigado por presuntos abusos sexuales a tres chicas menores de edad ha sido procesado como presunto autor de un delito contra la libertad por el juzgado que instruye el caso, que le ha impuesto una fianza de 9.000 euros para asegurar su eventual responsabilidad civil, aunque lo mantiene en libertad provisional.

Según recoge el auto de procesamiento, al que ha tenido acceso EFE, los hechos se habrían iniciado en febrero de 2020, fecha a partir de la cual el investigado habría conocido a estas tres adolescentes, de 15, 13 y 14 años, a las que «se habría ofrecido» para hacerles masajes con el fin de «quitarles las tensiones, la ansiedad y el estrés que pudieran tener».

De esta manera, habría contactado con ellas «a través de aplicaciones de mensajería móvil», en las que habría mantenido conversaciones relacionadas con los masajes y les habría indicado que acudieran a su local profesional para recibirlos.

Se habría venido ganando así la confianza de las menores, a las que presuntamente les refirió que para que los masajes resultaran «realmente efectivos» era «necesario» que les «masajeara» en sus zonas sexuales.

El documento judicial considera que, «sin perjuicio de una ulterior calificación», estos hechos podrían ser indiciariamente constitutivos de un delito contra la libertad sexual debido a los «indicios racionales de criminalidad» existentes en el caso, derivados de «las exploraciones en prueba preconstituida de las víctimas» y los informes del equipo psicosocial, así como de la declaración del propio imputado y de sus conversaciones con las menores a través de las redes sociales.

En el recurso presentado contra este auto por el letrado Juan E. Álvarez Fanjul, la defensa solicita que se culminen las diligencias de investigación aún pendientes en la fase de instrucción, entre ellas una pericial solicitada por esta parte y, «en su caso, se proceda al sobreseimiento» de la causa.

Para ello, el defensor alude a la supuesta vulneración a la tutela judicial efectiva que habría sufrido su cliente al no haberle dado traslado de los informes psicosociales de las víctimas hasta cinco meses después de emitidos, de forma conjunta al auto que finaliza la instrucción. 

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