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Lo de Durango

A la hora de escribir este comentario aún no se había pronunciado el juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, sobre el acto convocado para este sábado en Durango en torno a los etarras excarcelados como consecuencia de la anulación de la doctrina Parot. Pero nadie preveía una eventual prohibición del mismo. Es la conclusión lógica que se deriva del informe encargado por el juez a la Policía Autónoma del País Vasco, en el que básicamente no se acredita que ETA esté detrás del acto ni la pertenencia de los convocantes a la banda terrorista. Así que el acto se va a llevar a cabo. Otra cosa es que, en el transcurso del mismo, se cometa algún delito y la Policía Autónoma, la Guardia Civil o la Policía Nacional estén en condiciones de acreditar a posteriori el eventual comportamiento delictivo.

Estarán los terroristas más activos de los años del plomo

Tanto en el plano judicial como en el plano ético abriga la opinión pública una sospecha previa, fundada en numerosos precedentes, sobre lo que puede dar de sí esta cumbre de criminales en el Kafe Antzokia de Durango (restaurante con escenario). Son 63 etarras reunidos para celebrar su puesta en libertad por convocatoria del colectivo de presos (EPPK). Ahí están los terroristas más activos de los años de plomo. Nada menos que 299 asesinatos en su sangriento historial y un coro de nacionalistas dispuestos a recibirlos como patriotas de cercanías.

Las asociaciones de víctimas, y concretamente Dignidad y Justicia, son las que hace unos días recabaron la prohibición judicial del acto como medida preventiva frente a la comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo. Una figura penal que, por un lado, ha de imputarse a conductas individuales y, por otro, colisiona con la libertad de expresión de un grupo de personas técnicamente "libres" que ejercen el derecho de reunión en un local cerrado.

Que esas personas sean técnicamente "libres" no deroga los deberes policiales de cumplir y hacer cumplir la ley

Estas son las coordenadas que hacían tan difícil, por no decir imposible, la prohibición judicial del acto comunicado a la autoridad gubernativa. Pero que esas personas sean técnicamente "libres" no deroga los deberes policiales de cumplir y hacer cumplir la ley. El supuesto de infracción penal en este caso es el mencionado enaltecimiento del terrorismo y el deber policial de acreditarlo corresponde en principio a la Policía Autónoma del País Vasco. Y también a la Policía Nacional y la Guardia Civil, que son competentes en materia antiterrorista, más allá de que el Gobierno esté "vigilante", como anunciaba este viernes en rueda de Prensa el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, por si se desbordan los límites del Código Penal y los fijados por el Tribunal Constitucional en su sentencia sobre la legalización de Sortu.

Quedamos atentos a la pantalla.

Antonio Casado