sábado, abril 27, 2024
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Se suspende la ejecución de la pena de prisión a Griñán por cinco años debido a su enfermedad

La Audiencia recuerda que ya concedió un aplazamiento hasta que concluyeran las sesiones de radioterapia y ha tenido en cuenta los informes de las acusaciones que no se oponen a esta concesión

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido suspender por cinco años la ejecución de la pena de prisión impuesta al ex presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, en el caso ERE.

Esta suspensión se debe a la enfermedad grave e incurable que padece el ex mandatario, según se informó a las partes involucradas. Cabe destacar que se puede interponer un recurso de súplica contra esta decisión.

El tribunal accedió a la solicitud de suspensión presentada por la defensa de Griñán, basándose en el artículo 80.4 del Código Penal, el cual permite la suspensión de la pena sin requisitos específicos cuando el condenado sufre una enfermedad grave e incurable.

Los magistrados argumentaron que esta concesión es discrecional y debe considerarse la gravedad de la enfermedad y su impacto en la vida y la salud del condenado.

Considerando la grave enfermedad de Griñan

La Audiencia resaltó la importancia de proteger el derecho a la vida y la integridad física del condenado, teniendo en cuenta el tipo de enfermedad y el efecto que el encarcelamiento tendría en su salud.

Previamente, se había concedido un aplazamiento en la decisión de suspender la pena hasta que concluyeran las sesiones de radioterapia.

Luego de recibir informes sobre el plan de tratamiento del condenado, se solicitó un nuevo informe médico forense al Instituto de Medicina Legal.

El informe, emitido el 15 de junio de 2023, confirmó que Griñán sufre una enfermedad grave e incurable, lo cual respalda la solicitud de suspensión de la pena.

La Audiencia hizo hincapié en que, en casos como este que involucran cuestiones médicas, se deben considerar los criterios técnicos de los expertos en la materia para tomar decisiones jurídicas adecuadas.

En relación con el informe médico forense y tras revisar la documentación del caso, la Sala decidió suspender la ejecución de la pena de prisión por cinco años, con los apercibimientos legales correspondientes.

Además, se tuvieron en cuenta los informes favorables de las acusaciones que respaldaron la concesión de la solicitud presentada por la defensa del condenado.

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