miércoles, mayo 1, 2024
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La amenazó con llevársela por delante y después suicidarse si le dejaba, la cortó el cuello con un cuchillo

El hombre ha sido condenado por la Audiencia de Sevilla a siete años de prisión por los delitos de lesiones y de detención ilegal

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La Audiencia de Sevilla ha dictaminado una condena de siete años de prisión para un individuo por delitos de lesiones y detención ilegal en un caso de violencia de género. El condenado, identificado como José G.V., cortó el cuello de su pareja con un cuchillo, causándole una herida sangrante, y la mantuvo repetidamente en contra de su voluntad en la vivienda.

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Según la sentencia, la pareja había iniciado una relación en noviembre de 2021, que se convirtió en una convivencia de fines de semana en la residencia del acusado. Sin embargo, la mujer decidió poner fin a la relación debido a los insultos y el comportamiento celoso del inculpado, pero finalmente accedió a reanudar la relación con la condición de que él dejara de beber alcohol.

La noche del 23 al 24 de abril de 2022, después de consumir alcohol en un local de La Puebla de Cazalla, ambos regresaron al domicilio del acusado y discutieron debido a que él se mostró celoso de las amistades de la mujer con otros hombres. En medio de la discusión, el inculpado agredió verbalmente a la mujer y, luego, armado con un cuchillo tipo machete, le cortó el cuello mientras amenazaba con quitarse la vida y llevarse a ella consigo.

La víctima logró que el agresor retirara el cuchillo, pero ya había sufrido una herida sangrante. Cuando intentó pedir ayuda, el agresor le impidió usar su teléfono móvil y lo dañó. Además, evitó que saliera de la vivienda y, en un momento posterior, se autolesionó la muñeca izquierda.

Finalmente, la víctima pudo escapar de la vivienda y recibir ayuda de un transeúnte. El agresor la amenazó con matarla antes de su huida. La sentencia condenatoria establece una pena de tres años de prisión por lesiones con agravante de género y de parentesco, y cuatro años por detención ilegal con las mismas agravantes. Además, se le prohíbe acercarse a la víctima y comunicarse con ella durante diez años y se le impone una multa por daños, junto con la obligación de indemnizar a la expareja con 15.000 euros.

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