viernes, abril 26, 2024
- Publicidad -

Controversia sobre Garzón

No te pierdas...

Sentimientos encontrados sobre Garzón. Intelectuales y juristas alertan ante la posibilidad de que el juez tenga que sentarse en el banquillo como algo «que sería el peor golpe desde el 23-F». El presidente de la audiencia Nacional, Ángel Juanes, considera inconcebible que exista una conspiración de magistrados del Tribunal Supremo en contra del juez Baltasar Garzón, imputado por prevaricación por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. «No lo concibo ni lo admito», ha exclamado. De Juanes se ha explicado el revuelo porque todos los asuntos vinculados con la Guerra Civil «levantan ampollas». Quizá tenga razón.

Que el juez, que no era competente para iniciar el proceso penal contra el franquismo, haya sido bienintencionado para dictar la exhumación de los familiares de las víctimas, cuyo derecho no les dio la ley de Memoria Histórica, es algo razonable. Que, además, pudo pesar en su determinación su propia opción ideológica, también. Que ha habido una exigencia purista en los querellantes -el sindicato Manos Limpias- e incluso una posible animadversión, también. Otra cosa es que el instructor Varela, de reconocida ideología de izquierda, que ha decidido el procesamiento del juez estrella, haya redactado su auto bajo la argumentación jurídica más estricta y no se haya apartado ni un ápice de la Ley. A partir de ahí puede y debe haber una discusión, como en casi todos los casos.

Hay precedentes que contrapesan el actual revuelo. Garzón no admitió a trámite una denuncia contra Santiago Carrillo por los crímenes de Paracuellos, hace cinco años, precisamente por las razones por las que ahora le cuestionan su actuación en la apertura de un proceso penal contra el franquismo: no admitió la denuncia por haber prescrito los crímenes aludidos.

Pero, ¿y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ha ido confirmando las decisiones de Garzón? ¿No pudo decirle, en su momento, a dónde vas? ¿Dónde está su responsabilidad?

La apertura de un proceso penal de Garzon contra el franquismo sólo podría haberse sustentado en la identificación de las responsabilidades penales de las personas vivas, dice el juez Varela en el auto por el que dictaminaba la existencia de indicios contra Garzón por un presunto delito de prevaricación, y apunta que los dos años de instrución del juez no iban encaminados a ello. Casi todo el proceso fue dirigido a la apertura de las tumbas. Seguramente el juez Garzón consideró que la Ley de Memoria Histórica se quedaba corta, que no establecía la excavación de las fosas para identificar a los muertos. Pero, ¿se puede abrir un proceso penal para abrir fosas?

Hay, quizá, una reflexión abierta sobre la ley de punto final española, la de Amnistía de 1977, que cierra la responsabilidad sobre los crímenes cometidos antes de esa fecha. Una ley preconstitucional. En este concepto podría estar la clave de la discusión, salvo que, como pretendió Garzón, fueran «delitos de lesa humanidad». Pero en su instrucción ha faltado la identificación de personas vivas, si las hubiera, responsables de tal delito.

Haríamos bien en confiar en el criterio de los jueces en lugar de atribuir intenciones perversas contra el magistrado. El juez Garzón ha hecho grandes servicios al Estado, pero no es infalible y tendrá que aclararse si actuó conforme a la ley. No ha sido el primer caso. Hace unos años, a instancias, eso sí, de la Fiscalía, un proceso abierto contra tres magistrados de la sección cuarta de la Audiencia Nacional derivó en la suspensión de los magistrados, a causa de la puesta en libertad de un narcotraficante antes de ser juzgado. Gómez de Liaño, restituido años más tarde por la Justicia Europea, fue suspendido. También en este caso deberíamos acatar la decisión de la Justicia.

Chelo Aparicio

Artículo anterior
Artículo siguiente

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -