jueves, mayo 2, 2024
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El juez Pedraz archiva la investigación sobre el patrimonio del menor de los Pujol

Santiago Pedraz cree que no resulta justificada la perpetración de delito alguno, por eso el archivo

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En una reciente resolución emitida por el magistrado de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, se confirma el cierre de la pieza separada del conocido ‘caso Pujol‘. Dicha pieza estaba enfocada en la investigación sobre el origen de los fondos que Oleguer Pujol, el hijo menor de la familia, había invertido en diversas operaciones inmobiliarias de la empresa Drago Capital y en su propia compañía. El juez reafirma en su nueva decisión que no existen fundamentos que justifiquen la acusación de delito alguno en este contexto.

La resolución, datada el 16 de agosto, refleja el rechazo por parte del magistrado a la solicitud de reapertura de la investigación realizada por el fiscal anticorrupción José Grinda y la Abogacía del Estado. Ambos habían presentado un recurso de reforma alegando falta de motivación en el archivo emitido por el juez.

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La determinación del titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5 llega después de que la defensa de Oleguer Pujol cuestionara los escritos presentados tanto por el Ministerio Fiscal como por la representación legal del Estado.

La defensa argumentaba que la resolución del juez estaba suficientemente fundamentada basándose en el desarrollo de la investigación, que ya había llevado a dictámenes de sobreseimiento para otros individuos involucrados.

En esta ocasión, Pedraz aborda los recursos en un escrito conciso de tres folios. En él, el juez destaca que la falta de detalle en el primer archivo no fue debido a la falta de información, ya que todas las partes estaban al tanto de los hechos imputados a Oleguer Pujol. Sin embargo, en esta nueva resolución se presenta una explicación breve de los hechos investigados. Además, se hace hincapié en que no se ha llevado a cabo ninguna diligencia para respaldar indiciariamente los alegatos.

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El juez subraya que no quedan pendientes diligencias por efectuar, a excepción de una comisión rogatoria que nunca se recibió. Asimismo, hace mención al informe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) citado por la Fiscalía en su recurso, señalando que nunca se solicitó dicho informe. El juez recalca que durante el transcurso de la investigación se han emitido dictámenes de sobreseimiento en relación con otros individuos investigados.

Adicionalmente, el juez destaca el argumento presentado por la defensa de Oleguer Pujol en su escrito de impugnación. Dicha argumentación se refiere a la situación tributaria del implicado y señala que esta ya había sido regularizada antes de que adquiriera la condición legal de imputado. Este punto lleva a la conclusión de archivo por atipicidad sobrevenida.

Con esta última resolución, la pieza separada del ‘caso Pujol’ llega a su cierre definitivo, dejando atrás la investigación sobre las inversiones inmobiliarias realizadas por Oleguer Pujol y confirmando la falta de indicios de delito en este contexto.

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