viernes, abril 19, 2024
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El CGPJ informa de 108 excarcelaciones y 1.079 reducciones de condena por la ley del ‘solo sí es sí’

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Los datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) indican que se han producido 108 excarcelaciones de agresores sexuales y al menos 1.079 reducciones de condena desde la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’ en octubre de 2022.

En comparación con los datos del mes anterior, se han producido cinco excarcelaciones y 136 nuevas reducciones de condena. Las Audiencias Provinciales han revisado un total de 2.138 condenas, produciéndose 940 reducciones de penas y 103 excarcelaciones desde octubre. Además, otras 231 revisiones están en trámite.

Excarcelaciones y reducciones de condena en las Audiencias Provinciales

La Audiencia de Madrid es la que ha producido el mayor número de excarcelaciones, con 16, seguida por las de Sevilla, Baleares y Bizkaia, con seis agresores liberados respectivamente. Las Audiencias Provinciales que acumulan más reducciones de condena son Madrid, con 126, seguida por Alicante con 55, Valencia con 54 y Cádiz con 49.

Reducciones de condena en los Tribunales Superiores de Justicia

Si se tienen en cuenta las resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia (dictadas en recursos de apelación), es en Madrid donde se ha producido el mayor número de reducciones de penas, con un total de 43, seguida muy de lejos por Andalucía y la Comunidad Valenciana, con nueve rebajas de penas respectivamente. En Aragón se han revisado cinco condenas, se han reducido cuatro de ellas y tres agresores han salido de la cárcel, mientras que en Andalucía se han rebajado nueve condenas con una excarcelación y en el País Vasco, con seis revisiones de condenas ha habido una excarcelación.

Revisión de penas en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional

El Tribunal Supremo ha hecho un total de 47 revisiones de condenas y en 20 de ellas ha reducido la pena, mientras que en la Audiencia Nacional se han producido siete revisiones de condenas y se ha reducido una de ellas, sin que se haya producido ninguna excarcelación.

La aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, llamada ley del ‘solo sí es sí’, es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo, es decir, que se debe aplicar la retroactividad de la ley penal más «beneficiosa».


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