viernes, abril 26, 2024
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Orden de arresto contra Clara Ponsatí si regresa a España, por no justificar su ausencia en el Tribunal Supremo

El juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, ha tomado la decisión de emitir una orden de detención nacional contra Clara Ponsatí

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El juez instructor del caso del ‘procés‘ en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha tomado la decisión de emitir una orden de detención nacional contra Clara Ponsatí.

Esto se debe a que Ponsatí no ha justificado de manera legítima su ausencia en el tribunal para prestar declaración indagatoria por el delito de desobediencia, del cual está acusada en relación con su participación en el referéndum del 1-O.

Esta medida es necesaria para poder dar continuidad al proceso en su contra, aunque no implicará su ingreso en prisión, ya que el delito que se le imputa no conlleva pena de cárcel.

La detención implicará su traslado al Tribunal Supremo de manera similar a cuando fue llevada a los juzgados de Barcelona el pasado 28 de marzo.

Clara Ponsatí es detenida tras su regreso a España

El juez Llarena considera que todo indica que la investigada “ha desatendido voluntaria e injustificadamente” la citación judicial, por lo que ha acordado su detención en caso de que regrese a España para poder tomarle declaración indagatoria.

No obstante, aclara que la orden de detención puede ser revocada si Ponsatí se presenta voluntariamente ante el juez, como ocurrió con las otras dos procesadas en este caso. Meritxell Serret y Anna Gabriel, quienes también estaban acusadas solo de desobediencia y comparecieron directamente ante el Tribunal Supremo para regularizar su situación procesal y luego acudieron a declarar cuando fueron citadas.

Meritxell Serret Y Anna Gabriel Compañeras De Ponsatí
Meritxell Serret y Anna Gabriel compañeras de Ponsatí

En el caso de Ponsatí, ella fue citada “personalmente” en Barcelona para comparecer ante Llarena el 24 de abril, después de que provocara su arresto al pasearse por la ciudad sin ponerse a disposición del Tribunal Supremo, a pesar de ser consciente de la orden de detención nacional en su contra.

Sin embargo, no se presentó a la cita y su defensa presentó un escrito en el que justificaba su ausencia alegando que era miembro de dos comisiones del Parlamento Europeo, una de ellas como suplente.

El juez Llarena explica en su auto que, aunque el escrito no especificaba que la ausencia de Ponsatí se debiera a su asistencia a estas comisiones parlamentarias, sugería la incompatibilidad de ambas responsabilidades y solicitaba la paralización del procedimiento judicial debido a un supuesto proceso de amparo de los privilegios e inmunidades parlamentarias ante el Parlamento Europeo.

Estaban de acuerdo con la incomparecencia de Ponsatí

El auto del juez Llarena se basa en el artículo 487 de la ley procesal, que establece la posibilidad de convertir una orden de comparecencia en una orden de detención cuando no se justifica una causa legítima que impida la comparecencia ante el juez.

Tanto la fiscalía como la Abogacía del Estado se pronunciaron en el mismo sentido cuando el juez les consultó sobre el siguiente paso a seguir ante la incomparecencia de la eurodiputada.

El magistrado señala que en este caso no se puede admitir la alegación de la defensa de que Ponsatí no pudo atender la citación judicial debido a que la cita estaba programada para la mañana del 24 de abril.

Mientras que sus funciones parlamentarias estaban programadas para la tarde, lo cual era “razonablemente compatible” a través de una videoconferencia o utilizando los medios de transporte disponibles entre Bruselas y Madrid.

El juez destaca que la defensa tuvo tiempo suficiente para informar al instructor sobre las dificultades de Ponsatí para cumplir con sus responsabilidades políticas y solicitar un ajuste en la citación, pero se eligió presentar un escrito exculpatorio que no fue seguido por ninguna propuesta de comparecer posteriormente ante el tribunal.

En vista de la rebeldía mantenida por la investigada durante cinco años de instrucción, el juez considera que las funciones parlamentarias son simplemente una excusa para no cumplir con sus obligaciones procesales.

Además, recuerda que Ponsatí misma se vanaglorió de no tener intención alguna de atender la citación judicial en declaraciones a los medios.

El magistrado rechaza suspender el procedimiento judicial debido a una demanda de amparo de las inmunidades parlamentarias presentada ante el Parlamento Europeo, argumentando que la defensa se basa en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que analiza un caso diferente.

El abogado de Ponsatí, Gonzalo Boye, presentará un recurso contra el auto de Llarena, como ha hecho con todas las resoluciones adoptadas en el procedimiento.

También lo hizo con el auto del 28 de marzo en el que se regularizaba su situación y se le citaba para el 24 de abril en el Tribunal Supremo, recurso que Llarena rechazó en otra resolución.

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