sábado, abril 27, 2024
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Los beneficios fiscales del IRPF no son para los ricos

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“Hay que aumentar la presión fiscal sobre los ricos”;  “no hay que aumentar la presión sobre las clases medias”. Se “puede reducir el tipo marginal del impuesto” (lo que paga la parte de su renta más alta) o se podría aumentar el gasto”. Son frases que se escuchan en el debate fiscal español y para el que siempre se presenta un sospechoso habitual: el exceso de beneficios fiscales que presenta el IRPF en España (exenciones, bonificaciones, reducciones).

Los llamados beneficios fiscales suelen presentarse como regresivos, favorables a las rentas más altas y su supresión fuente de notables beneficios. Al parecer no era para tanto. Un reciente estudio sugiere que se trata de un melón que si se abre ofrece arriesgadas opciones para los que tributan. Quizá el aumento del gasto deba venir por otro lado y la presión «sobre los ricos» no viene de la supresión de los beneficios fiscales.

Un informe elaborado por la Fundación de Economía Aplicada (FEDEA) aborda una reflexión sobre el asunto. Los profesores Julio López Laborda, Carmen Marín y Jorge Onrubia son sus autores.

El informe aborda la estimación de los efectos sobre las recaudaciones en 2013 y 2014 de los llamados beneficios fiscales para, posteriormente estimar, como funcionaría su supresión y los efectos que tendrían distintas formas de devolver esos beneficios.

Efectos de la supresión de los beneficios fiscales

En la primera parte de su trabajo los autores han considerado las consecuencias recaudatorias y distributivas de la supresión de los beneficios fiscales del IRPF, vigentes en el ejercicio impositivo 2013.

Se concluye que la supresión del conjunto de beneficios fiscales que se han podido analizar supondría un incremento de recaudación de 24.457 millones de euros – la mitad correspondiente a las Comunidades Autónomas-, y que el efecto redistributivo del IRPF solo se reduciría en un 1,1%.  Dicho de otro modo, un notable aumento de presión fiscal pero no especialmente mucha más progresividad.

Hay que señalar que más de la mitad de los mismos, 13.233 – el 54% de los beneficios fiscales- se refieren a las reducciones que nos aplicamos en los rendimientos del trabajo: reducción general de rendimientos del trabajo;  reducción para trabajadores activos mayores de 65 que continúen o prolonguen la actividad laboral; reducción para desempleados que acepten un trabajo que exija trasladar su residencia de municipio; reducción para trabajadores activos discapacitados y deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

El informe reconoce que la mayor parte de los beneficios fiscales aumenta el efecto redistributivo del IRPF. Es decir, no eran tan regresivos como anunciaba el discurso político: los beneficios fiscales relacionados con los rendimientos del trabajo y actividades económicas, la inversión empresarial, los donativos, gastos culturales y cuotas a partidos, los beneficios territoriales, la deducción por maternidad y las deducciones autonómicas, tienen un efecto progresivo. De ellos, los más relevantes, como se ha apuntado, son los relacionados con los rendimientos del trabajo y actividades económicas.

Por el contrario, son regresivos los beneficios fiscales relacionados con el arrendamiento o compra de vivienda, los sistemas de previsión social y la tributación conjunta. Y entre ellos, especialmente, las reducciones por aportaciones a sistemas de previsión social.

Se aprecia, se añade en el documento,  primero que si se suprimieran los beneficios fiscal, la cuota final se incrementa en un 38% en términos agregados; segundo, que todos los niveles de renta ven aumentada su tributación y, finalmente, que, salvo para las rentas más bajas, ese incremento porcentual es decreciente con el nivel de renta, hasta llegar al 8% para la mayor renta gravable. Dicho de otro modo, la supresión de los beneficios fiscales perjudicaría a las clases bajas y medias en mayor medida que a los más ricos.

Como devolver la mayor recaudación

Señalan los autores que la evaluación en términos redistributivos – más presión fiscal para las clases bajas y medias-, si se suprimen es, “ciertamente, incompleta”. Se supone que “los ingresos adicionales generados por la supresión de los beneficios fiscales tendrán algún destino, ya sea este aumentar determinados gastos públicos, disminuir el déficit o reducir algún impuesto”.

El trabajo ha analizado diversos escenarios hipotéticos de devolución a los individuos del incremento de recaudación conseguido con la eliminación de los beneficios fiscales y ha cuantificado su impacto sobre la distribución de la renta.

Los autores no tocan los ingresos de las Comunidades Autónomas, por lo que el efecto de reducción de los beneficios fiscales sería prácticamente la mitad de su potencial.

El informe analiza dos políticas de gasto. La primera es devolver por igual a los declarantes (una transferencia inversa, por ejemplo): solo en este caso mejora claramente las políticas que afecten a clases bajas o medias, siempre y cuando se seleccionen tramos de esta naturaleza. Podría ocurrir al contrario.

Sin embargo, cuando nos referimos al segundo caso, por ejemplo políticas educativas, programas pobreza, conciliación, etc, tienen un efecto redistributivo, aunque menor que si se aplica a los declarantes como se apuntó arriba.

Otra alternativa, es utilizar los ingresos de los beneficios fiscales para reducir los tipos del impuesto: en este caso, se mantiene el efecto redistributivo del impuesto y se reduce sus costes de eficiencia. Pero el tipo medio acaba siendo inferior al del impuesto original (esto es, antes de eliminar los beneficios fiscales) para las rentas mas bajas (los tres deciles inferiores) y las dos rentas más altas; y superior para las cinco rentas intermedias. Tampoco pinta bien para las clases medias.

Miguel de la Balsa

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