El juicio contra Hafesa arranca sin Alejandro Hamlyn ni deuda con Hacienda: las defensas denuncian vulneraciones graves
El juicio oral contra el Grupo Hafesa ha comenzado este lunes 30 de junio en la Audiencia Nacional con una decisión que, según las defensas, parecía tomada incluso antes de abrirse la sesión. Alejandro Hamlyn, empresario históricamente ligado al grupo, no ha comparecido, y su defensa ha denunciado que no había sido notificado personalmente de la celebración del juicio. Aun así, la Sala ha acordado su declaración de rebeldía y ha ordenado su busca y captura, resolución que ha sido inmediatamente recurrida por su defensa.
Pese a estas circunstancias, el tribunal ha decidido no suspender el juicio. Las demás defensas, abogando por la unidad de acto, también han solicitado la suspensión, alegando que la ausencia de Hamlyn afectaba directamente a sus estrategias de defensa. Pero la petición ha sido rechazada.
Faltan grabaciones clave: la prueba llega tarde
Quizás aún más grave fue lo ocurrido con las pruebas. El viernes anterior al inicio del juicio, día 27 de junio, a las 13:00 horas, la UCO entregó a la Audiencia Nacional un nuevo informe con grabaciones, transcripciones e informes periciales vinculados al caso. Algunas de estas pruebas están directamente relacionadas con la estrategia de defensa, y otras afectan al análisis técnico que está elaborando un perito judicial. Sin embargo, las defensas no tuvieron tiempo de analizarlas.
Como ya denunció ESTRELLA DIGITAL en su cobertura previa del caso, la situación generó una acusación de indefensión procesal por parte de abogados defensores.
Unidad de juicio y cuestiones previas sin garantías
Este lunes 30 de junio, las defensas han pasado a formular sus cuestiones previas, como establece el artículo 786 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin embargo, no se ha aplicado la nueva Ley Orgánica 1/2025, que en su artículo 785 introduce el concepto de audiencia preliminar, una novedad procesal pensada para garantizar los derechos de defensa antes de abrir la vista oral.
Esta circunstancia fue ya explicada por Estrella Digital en marzo:
Alegaciones de peso, sin respuesta hasta sentencia
Entre las cuestiones previas planteadas este lunes por las defensas, destacan argumentos de gran calado jurídico:
- Denuncia de investigación prospectiva, prohibida por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el TEDH, al no haberse individualizado conductas concretas en el inicio de la causa.
- Solicitudes de nulidad de las intervenciones telefónicas, por ausencia de motivación suficiente en las resoluciones judiciales que las autorizaron.
- Alegaciones de graves vulneraciones de derechos fundamentales, al haberse autorizado medidas intrusivas sin garantías ni justificación ponderada.
- Denuncias sobre la naturaleza de ciertas grabaciones: más que llamadas, algunas parecen captar sonidos ambientales propios de micrófonos ocultos, sin que conste autorización judicial para tales dispositivos.
- Críticas a la falta de concreción en los escritos de acusación, lo que vulneraría el derecho a la defensa al no permitir preparar una estrategia adecuada frente a hechos jurídicamente delimitados.
Todas estas cuestiones han sido planteadas por los abogados en el turno de cuestiones previas. No obstante, el tribunal (presidido por magistrados de la Sala de lo Penal) ha acordado que serían resueltas en la sentencia final, dejando el juicio en marcha a pesar de las protestas formales.
¿Puede avanzar un juicio con estos déficits procesales?
Pese a las múltiples objeciones planteadas, la Audiencia Nacional ha rechazado suspender el juicio y ha decidido resolver las cuestiones previas en sentencia, como permite la doctrina tradicional. Pero esta opción, aunque legal, ha sido cuestionada por los expertos en derecho penal por su efecto práctico: si se acepta la nulidad al final del proceso, todo el juicio se habrá celebrado en vano.
Esto afecta también a la estrategia de las defensas, que se ven obligadas a litigar con una estructura de pruebas incompleta, sin acceso previo a toda la documentación y con graves dudas sobre la legalidad de algunas intervenciones telefónicas. Como publicó ESTRELLA DIGITAL en junio, algunas grabaciones se habrían incorporado sin control judicial previo o sin cadena de custodia clara.
Las consecuencias jurídicas y reputacionales: ¿pena de telediario?
Este escenario ha reavivado el debate jurídico y mediático sobre la llamada pena de banquillo y, en especial, sobre la pena de telediario. Que un juicio de esta envergadura comience sin presencia de uno de los principales acusados, con denuncias formales de indefensión y sin haberse celebrado la audiencia preliminar que exige la nueva Ley Orgánica 1/2025, puede condicionar la percepción pública del proceso.
El seguimiento informativo constante, la exposición prolongada de los acusados y la falta de garantías procesales denunciadas por sus defensas plantean interrogantes sobre el equilibrio entre el derecho a la información y el derecho a un juicio justo, especialmente en macrocausas de relevancia económica y empresarial.
La paradoja de un grupo sin deuda con Hacienda ni la Seguridad Social
Lo más paradójico de todo este proceso, sin embargo, es lo que no aparece: ni el Grupo Hafesa ni Alejandro Hamlyn están en el listado oficial de grandes deudores de la Agencia Tributaria. El documento, publicado por Hacienda a finales de junio, no existe ninguna referencia a Hafesa Energía, Hafesa Oil ni otras empresas del grupo.
Esto implica que, desde el punto de vista fiscal, el grupo se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. La Seguridad Social, por su parte, también ha emitido certificados similares en años anteriores, tal y como ya publicamos en ESTRELLA DIGITAL.
Juicio abierto, garantías en duda
El juicio contra el Grupo Hafesa avanza entre tensiones procesales, ausencia de uno de los acusados principales y denuncias por la entrega tardía de pruebas clave. Todo ello mientras se constata oficialmente que no existe deuda fiscal o con la Seguridad Social por parte de las empresas implicadas.
Es un proceso de gran trascendencia jurídica y mediática. Pero también es una prueba —una más— de los desafíos que enfrenta la justicia penal económica en España: ¿es posible juzgar con garantías cuando faltan piezas clave desde el primer día?