viernes, abril 26, 2024
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Peluquero condenado a 16 años de prisión por abuso sexual a dos niños en Vigo

El peluquero, que trabajaba a domicilio, agredió sexualmente a dos jóvenes menores de 16 años

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Un peluquero de origen venezolano ha sido condenado a 16 años de prisión por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, tras ser considerado culpable de dos agresiones sexuales a menores. La defensa del acusado ha recurrido la sentencia.

El acusado, identificado como J.A.H.F. y que trabajaba como peluquero a domicilio, fue hallado culpable de haber agredido sexualmente a dos jóvenes menores de 16 años.

El primer incidente ocurrió el 16 de noviembre de 2020 en su domicilio, donde obligó a un niño a mantener relaciones sexuales completas, a pesar de saber que estaba infectado con una enfermedad de transmisión sexual (ETS) y el riesgo que esto implicaba para el menor.

Se solicita condena de 27 años de prisión por abuso sexual y exhibición de material pornográfico a sus dos hijas menores

El peluquero tenía gonorrea y lo sabía

Como consecuencia de estos hechos, el niño contrajo una enfermedad de transmisión sexual (gonorrea), que fue tratada con antibióticos y una vacuna contra el virus del papiloma humano. Además, sufrió daños psicológicos y estrés postraumático, experimentando problemas de irritabilidad, ansiedad y perdiendo un año académico.

La segunda agresión tuvo lugar unos días después en la vivienda del acusado, donde realizó tocamientos a otro menor bajo la excusa de aplicarle una loción en el cabello. En este caso, no se pudieron acreditar lesiones físicas.

En la sentencia, emitida en febrero, pero hecha pública recientemente, el tribunal provincial condenó al acusado a una pena total de 16 años de prisión, una multa de 1.080 euros y libertad vigilada durante 12 años, por dos delitos de agresión sexual a menores de 16 años y un delito de lesiones.

El peluquero tendrá que indemnizar a los niños

Asimismo, se le ordenó indemnizar con más de 27.000 euros a la primera víctima, con 2.000 euros a la segunda víctima, y con 2.265 euros al Sergas (Servicio Gallego de Salud) por los gastos derivados de la asistencia sanitaria.

La sentencia puede ser apelada por la defensa del acusado.

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