jueves, marzo 28, 2024
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Condenado por someter a un clima de terror a su pareja durante dos años

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El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a 21 meses de prisión a un hombre de 42 años que sometió a un «clima de terror» a su pareja, a la que controlaba sus movimientos y dirigía expresiones «humillantes.

La sentencia, dictada por conformidad y consultada por EFE, señala que el acusado ya había sido condenado en abril de 2017 por un delito leve de amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer.

Precisa que durante dos años convivió con su pareja hasta que la relación acabó en mayo de 2018 y, «con ánimo de ejercer sumisión y control» sobre la mujer durante este tiempo, creó un «clima de terror en la relación» que se «manifestaba en un comportamiento controlador sobre lo que ella hacía y con quién se relacionaba».

De esta forma, si la veía en línea ella tenía que responderle «inmediatamente» porque en caso contrario le decía que «estaba guarreando» con sus amigas, exigiendo que le enviase fotos para justificar que se encontraba con ellas, y asimismo la llamaba «insistentemente, llegando a registrar el teléfono».

Además, con «ánimo de ofenderla» se dirigía a ella con expresiones humillantes, y le decía que Dios tenía que haberla «castigado con un hijo que esté en silla de ruedas», a sabiendas de que la víctima tenía uno en esa situación fruto de una relación anterior.

El fallo relata que en octubre de 2016 el acusado se ocultó en los alrededores de la vivienda de su pareja, mostrándole posteriormente un cuchillo desde la ventana para que le abriese la puerta y así «hablar» y debido al «temor y desasosiego», la mujer accedió a su petición y cuando se negó a dejarle ver el móvil, el acusado se lo quitó por la fuerza y lo rompió.

También le decía que la iba a «matar» y a mandar a su «país en un cajón» y, cuando la relación ya había terminado, en febrero de 2019 la llamó por teléfono diciendo que si la veía junto a otra persona les cortaría a los dos la cabeza, lo que llevó a la víctima a denunciarlo.

Por estos hechos ha sido condenado a 21 meses de prisión por un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia sobre la mujer, por el que también se le impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante tres años.

También ha sido condenado a 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de amenazas leves en el ámbito de la violencia sobre la mujer, que conlleva una segunda orden de alejamiento de 500 metros, en este caso durante dos años.

No obstante, se ha suspendido el ingreso en prisión del hombre durante el plazo de tres años, a condición de que no delinca de nuevo en este periodo y participe en programas formativos, culturales o de educación de igualdad de trato y no discriminación. 

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