miércoles, abril 24, 2024
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Rechazada la querella de Vox contra Teresa Rodríguez por llamarles misóginos

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Tras revisar los hechos denunciados por Vox, el TSJA sólo «advierte el legítimo ejercicio de expresión en el modo y en la forma en que la querellada -Teresa Rodríguez- entendió oportuno trasladar sus mensajes a los ciudadanos, muy lejos de la línea que demarcan los tipos penales sugeridos en la querella», informa Adelante en un comunicado.

La denuncia contra la presidenta del grupo parlamentario Adelante Andalucía y coordinadora andaluza de Podemos apelaba a la comisión de delitos de injurias y calumnias así como de odio, si bien el alto tribunal ha rechazado el trámite en todos los casos.

La resolución judicial argumenta que las afirmaciones de Rodríguez no son delito de injurias y calumnias pues se circunscriben al derecho a la libertad de expresión y del debate político.

Respecto al delito de odio, el TSJA llega incluso a calificar de «extravagante» el escrito interpuesto por Vox, subraya Adelante Andalucía.

El auto señala que las palabras de Rodríguez en las que aseguraba que «Adelante Andalucía se pondría de frente plantándoles cara en las instituciones y en la calle para defender los derechos de las mujeres» no suponen una determinación de odio, sino una «oposición legítima» ante lo que supone un paso atrás en «la lucha contra los asesinatos de mujeres y niños».

La portavoz de Adelante Andalucía, Ángela Aguilera, ha expresado la «satisfacción» de una resolución que pone en evidencia «la falta de rigor técnico y un desconocimiento absoluto de la jurisprudencia española por parte de un partido con tantos juristas diputados, incluyendo a un juez», en referencia a su líder andaluz, Francisco Serrano. 

 

Redacción

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