jueves, marzo 28, 2024
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Juez recrimina que una empresa fingiera emplear a víctimas de violencia de género

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Este reclamo publicitario utilizado tiene el objetivo de “enriquecerse publicitando un drama personal que, o es falso o es difundido sin autorización de las víctimas, a fin de propiciar la solidaridad y la simpatía de los clientes potenciales que, pudiendo elegir otro centro de estética en el que ser atendidos, decidan, por esta única razón, acudir al suyo”, reza textualmente el fallo.

Esta situación ha salido a la luz dentro de un proceso sancionador a una de las empleadas por insubordinación y ofensas, que ahora ha quedado sin efecto, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

La empleadora, expresa el juez, difundió en los medios de información social, que se hicieron eco el 10 de diciembre de 2019 y el 13 de enero de 2020, que empleaba en su negocio de estética a trabajadoras víctimas de violencia de género.

Sin embargo, la empleada objeto del procedimiento laboral expuso que ella no era víctima de la violencia de género y que por lo que sabe de sus compañeras de trabajo, tres en total, tampoco lo eran, y que fue corroborada por los testigos.

Esta recriminación se recoge en una sentencia emitida por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, que deja sin efecto la sanción impuesta a la citada empleada de un centro de estética de la capital cacereña al considerar que no hay pruebas de que hubo insubordinación, ni ofensas que incurriesen en una falta grave por parte de esta hacia su empleadora. EFE

A.S.

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