viernes, marzo 29, 2024
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Dos peligrosos violadores ya están en la calle

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La Audiencia de Burgos ha resuelto este jueves a favor de la excarcelación de Pedro Luis Gallego, conocido por el ‘violador del ascensor’ y condenado por la muerte y violación de las jóvenes Marta Obregón y Leticia Lebrato, que se hará efectiva en las próximas horas, según información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La Sala de lo Penal de esta Audiencia, reunida este jueves, ha acordado esta medida por unanimidad, después de haber conocido el informe favorable del Ministerio Fiscal, tras la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anula la aplicación en España de la Doctrina Parot, y la interpretación aportada por el Tribunal Supremo sobre cómo aplicar esta sentencia del tribunal europeo.

El auto que notifica la excarcelación del conocido como violador del ascensor señala que ha quedado sin efecto la doctrina Parot por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de Octubre, por lo que procede «otorgar el licenciamiento definitivo al penado en el cumplimiento de las penas acumuladas que se encontraba extinguiendo en la presente causa, y ello con efectos desde la fecha 16 de agosto de 2011»

Tal y como ha señalado el Tribunal Supremo, esta resolución podrá ser recurrida en casación por las partes personadas ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a pesar de la inmediata excarcelación del preso.

El mismo Tribunal Supremo es el que en marzo de 2012, por unaniminad de sus cinco magistrados, acordó aplicar la denominada ‘doctrina Parot’ sobre reducción de penas por beneficios penitenciarios a Pedro Luis Gallego, quien entonces llevaba 20 años años cumpliendo una condena de 273 años, y aplazó su salida de la cárcel hasta 2022.

El acuerdo de la Sala suponía el rechazo del recurso interpuesto por el abogado de Gallego en contra el auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos de fecha 13 de junio de 2011, que denegó su inmediata puesta en libertad y acordó mantener como fecha de cumplimiento de las penas a él impuestas y acumuladas la del 9 de noviembre de 2022, tal y como se indicaba en una auto anterior de esta misma sala de fecha 6 de agosto de 1997.

El recurrente solicitaba una nueva liquidación de la condena con el fin de descontar los periodos en los que el penado estuvo en privisión provisional por cada una de las causas acumuladas, si bien el TS no sólo desestimó entonces su pretensión sino que, además, resolvió condenarle en costas.

Pedro Luis Gallego está condenado por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones más.

El ‘violador del portal’

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha decretado la inmediata puesta en libertad del ‘violador del portal’, en la cárcel desde hace 17 años por cometer más de 150 delitos, entre ellos 30 violaciones, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Con fecha 5 de marzo de 2010 la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en aplicación de la doctrina Parot, acordó, en virtud de la misma, que la fecha de cumplimiento de condena debía acabar el 4 de octubre de 2023.

Tras considerar el pasado mes de octubre la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dicha doctrina vulnera lo establecido en el artículo 7 de la Convención Europea de Derechos Humanos, se procedió a la revisión de la pena.

El procurador del condenado presentó un escrito pidiendo, a raíz de esta sentencia, la excarcelación de su defendido. El centro penitenciario de Herrera de la Mancha, en el que se encuentra, informó al Tribunal de que, sin aplicación de la doctrina Parot, el reo habría extinguido su condena el pasado 23 de abril de 2010.

«Habiendo extinguido al penado la responsabilidad criminal derivada de la causa y al haber cumplido la pena impuesta, procede acordar su licenciamiento definitivo y su inmediata puesta en libertad», ha dictado la Audiencia de Madrid en un auto, fechado ayer miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, y al que cabe interponer recurso de súplica.

Más de 150 delitos

La Audiencia de Madrid condenó en septiembre de 1996 a Pablo Manuel G.R. a 1.716 años de cárcel como autor de 153 delitos cometidos contra más de medio centenar de mujeres entre el 24 de diciembre de 1990 y el 9 de octubre de 1993. A él y a su compinche se les conocía como los ‘violadores del portal’.

Concretamente, Pablo Manuel fue condenado en septiembre de 1996 a 30 años de reclusión mayor por cada uno de dos delitos de robo con violación y uso de arma con la agravante de morada; a 28 años y cinco meses de reclusión por cada uno de los 34 delitos de robo con violación y uso de arma; a 18 años de reclusión menor por cada uno de los tres delitos de robo con violación y uso de arma; a 11 años de prisión mayor por cada uno de los tres delitos de robo con violación y uso de arma.

Además, fue sentenciado a 16 años de reclusión menor por cada uno de los 30 delitos de violación; a 20 años de reclusión menor por cada uno de los dos delitos de violación; a tres años de prisión menor por cada uno de los seis delitos de agresión sexual; a 11 años de prisión mayor por cada uno de los tres delitos de robo con rehenes con uso de arma; a nueve años de prisión mayor por un delito de robo con rehenes sin uso de arma; a cinco años de prisión menor por cada uno de los cuatro delitos de robo con violencia con uso de arma y a tres años de prisión menor por un delito de lesiones, así como a quince días de arresto menor por una falta de lesiones.

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