El Ibex es inmune al riesgo reputacional
Según la información oficial al cierre de la sesión del miércoles 16 de marzo de 2011, Telefónica encabeza la lista de compañías del índice selectivo español por ponderación (supone un 21,06% del agregado), seguida del Banco de Santander (que significa un 18,47%). A una considerable distancia se encuentra la constructora ACS (2,11%). La aritmética más esencial, al margen de opiniones o sentimientos, corrobora que las tres compañías juntas son tanto como el 41,64% del índice de referencia de la bolsa española o, dicho de otro modo, suponen cerca de la mitad de nuestra realidad e imagen empresarial en el mercado financiero, tanto nacional como internacional. Tan evidentes e incuestionables como las cifras que acabamos de señalar son las informaciones que recordamos a continuación de forma sintética.
El 22 de diciembre de 2010 se conocía la sentencia del Tribunal Supremo por virtud de la cual se confirmaba una anterior de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvía a César Alierta de un delito de uso de información privilegiada. La citada sentencia, lejos de estimar los argumentos de Alierta y desdecir el relato de hechos de la sentencia impugnada, entendía que la Audiencia Provincial de Madrid se había basado en rigurosas acreditaciones objetivas para concluir que el Presidente de Telefónica (que lo era de Tabacalera cuando acaecieron los hechos) había cometido un delito contra los mercados de capital. El alto tribunal se limitó a confirmar que el cómputo objetivo del transcurso del tiempo permitía a Alierta eludir las consecuencias de su conducta criminalmente reprochable. La sentencia del Supremo es firme.
El 10 de marzo de 2011 se hacía pública la sentencia del Tribunal Supremo que, rebajando en parte la condena de la Audiencia Provincial de Barcelona, imponía al Consejero Delegado del Banco de Santander (que presidía Banesto cuando ocurrieron los hechos objeto del litigio) una pena de tres meses de prisión y el mismo período de inhabilitación para el ejercicio de su actividad profesional (gestionar bancos). Aunque el Consejo del Santander arropaba a su primer ejecutivo, la resolución del alto tribunal confirmaba que Alfredo Saenz cometió de forma consciente y deliberada un delito al promover un acusación falsa contra unos clientes de Banesto y forzar su encarcelamiento con ayuda de ese siniestro juez prevaricador llamado Estevill. La sentencia del Supremo es firme.
El 16 de marzo de 2011 veía la luz la sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba la condena de los empresarios Alberto Alcocer y Alberto Cortina a cuatro meses de prisión por haber promovido la presentación de un documento falso en un juicio a fin de tratar de evitar una condena por un anterior delito económico (con posterioridad a la falsificación del documento, los dos socios de ALCOR, accionista de referencia de ACS vieron disiparse la anterior condena del Supremo por el caso URBANOR ya que, a pesar de declararse probado el delito, el Tribunal Constitucional entendió que el paso del tiempo jugaba a favor de “los Albertos” a través de la prescripción). La presentación del documento falso resultaba pues superflua, pero el delito existe. La sentencia del Supremo es firme.
Por lo tanto, no parece aventurado concluir que un 42% del IBEX está afectado por un relevante y notorio riesgo reputacional, por cuanto que las tres compañías referidas al principio tienen a la cabeza de su gestión o de su accionariado a personas que, conforme a resolución judicial firme, han cometido delitos precisamente en el ámbito de su actividad empresarial y profesional. No obstante lo anterior, la cotización de las acciones de las citadas compañías no parece haberse visto afectada por tales extremos y, en cambio, se muestra mucho más sensible a circunstancias coyunturales ajenas a la reputación profesional de sus directivos y cabezas visibles. Cada cual puede extraer sus propias conclusiones, pero parece que, al igual que ya es una tradición acrisolada en España que la corrupción política no pase factura electoral alguna a sus responsables, en el ámbito empresarial los niveles de exigencia y de reproche social son similarmente bajos. Semejante panorama nos lleva a reflexiones muy amargas, que nos retrotraen a los más crudos diagnósticos de Joaquín Costa.
Juan Carlos Olarra