lunes, octubre 7, 2024
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El regreso de Torquemada

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Agustín Vinagre Alcázar
Agustín Vinagre Alcázar
Agustín Vinagre Alcázar Diputado Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid. Presidente de la Comisión de Presupuestos y Hacienda

A estas alturas todos somos plenamente conscientes de la campaña de acoso y derribo contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la que desde la misma noche del 23 de julio de 2023 se ha instalado sin disimulo la derecha desde todos los frentes posibles (político, mediático, judicial…), con un objetivo claro: derribar al Gobierno progresista de España cueste lo que cueste, aunque ello conlleve infligir daños irreparables a instituciones y personas. Lo expresó muy claramente Aznar: “el que pueda hacer algo, que haga”. Y bien que están haciendo, empleándose a fondo en una cacería humana descarnada y vil, sin líneas rojas, aplicando el “todo vale”.

La mezquina utilización que está haciendo el PP, bien secundado por sus terminales mediáticas, de la investigación que está sufriendo (y reitero, sufriendo, puesto que todo es absolutamente inconsistente) la esposa del presidente, Begoña Gómez, es el ejemplo palmario de esta campaña de acoso y derribo. Los populares se han arrojado a tumba abierta por la pendiente del barro, para agitar el llamado caso “Begoña Gómez”, convirtiéndolo en el eje central y casi único de su labor su oposición. Feijóo y los suyos demuestran sentirse mucho más cómodos en la refriega y propagación de bulos, llevando la exageración hasta su máxima exponente, antes que hablar de empleo, de educación o de sostenibilidad. ¿Los problemas de los españoles, qué pereza! Lejos queda ese partido de gobierno con sentido de Estado que alguna vez fue el PP. Esto es fruto de su ausencia de proyecto para España y por eso sustituyen la dialéctica de las ideas por el ruido, las mentiras y el ataque constante, mimetizándose cada vez más con la extrema derecha de Vox.  

La citación del juez Juan Carlos Peinado para que el presidente del Gobierno declare como testigo, a requerimiento de Vox en calidad de acusación particular, es el último paso dado hasta el momento en una instrucción llena de sombras e incoherencias. En el escrito de la providencia el juez sostiene que recabar el testimonio oral de Pedro Sánchez es “conveniente, útil y pertinente”, algo que resulta particularmente extraño, tanto en la forma como en el fondo, si nos atenemos a lo establecido en la legislación que ordena los procesos penales. La decisión de tomar declaración a Pedro Sánchez en su despacho y grabarla en vídeo contrasta con lo que la Ley proclama sobre este tipo de diligencias, en las que el presidente del Gobierno tiene derecho a cumplimentar por escrito el interrogatorio. El juez aduce que va a interrogar a Sánchez por cuestiones no relacionadas con el cargo que ocupa, pero resulta que el propio juez ha indicado que lo que investiga son “todos los actos, conductas y comportamientos de Begoña Gómez desde que Sánchez es presidente del Gobierno”. ¿Alguien puede explicar esta incoherencia? Además, teniendo en cuenta que la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispensa al marido de la obligación de declarar contra su esposa, no es sencillo encontrar la razón jurídica última que justifique una medida que a todas luces parece que difícilmente puede ser útil en términos procesales. Evidentemente a nadie se le escapa la repercusión pública que tiene para erosionar políticamente la figura del presidente del Gobierno. Un dislate más en una instrucción llena de decisiones inexplicables desde el punto de vista procesal pero con mucho sentido bajo la premisa del “que pueda hacer algo, que haga”.

Este caso desde el principio nació con escaso fundamento a juzgar por los hechos conocidos. Recordemos que su origen es una denuncia sin fundamento presentada por el “pseudosindicato” Manos Limpias, de ideología ultraderechista y pasado turbio, basada en recortes de prensa y noticias falsas que, pese a la jurisprudencia del Supremo, contraria a aceptar este tipo de denuncias, de manera sorprendente fue admitida a trámite por el juez instructor, Juan Carlos Peinado, padre de una concejala del PP en Pozuelo de Alarcón. La denuncia que ha permitido al juez ordenar una investigación no aporta pruebas del delito alguno de tráfico de influencias atribuido a Begoña Gómez. La Guardia Civil investigó por orden del juez en busca de los indicios del delito denunciado. Un informe de 114 folios y seis anexos concluyó: ni rastro del tráfico de influencias. Un segundo informe elaborado también por la Guardia Civil, enviado este pasado 2 de julio, realiza un nuevo análisis al juez descartando irregularidades en seis contratos puestos bajo sospecha por el magistrado. La Audiencia afirma que la denuncia tiene “un contenido deslavazado”, “con un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos”. Además, considera “una simple conjetura más allá de coincidencias temporales y personales” vincular a Gómez con un tráfico de influencias. ¿Cómo es posible que un juez admita a trámite este tipo de denuncia sin ningún hecho objetivo? 

Cada vez es más evidente y podemos coincidir en que el juez Peinado ha hecho cosas, cuanto menos, llamativas. Desde admitir una querella que nadie habría admitido porque eran recortes de prensa y estaba mal redactada», hasta este último despropósito con la citación para que declare el presidente del Gobierno. Por otro lado, sigue sin aclarar los extremos de su instrucción, vulnerando así el derecho de defensa. Resulta cada vez más difícil entender qué guía al juez instructor. Además, la insistencia del juez Peinado en abrir investigaciones sobre asuntos que no estaban en la querella de Manos Limpias ha motivado múltiples recursos de la defensa y de la Fiscalía. La jurisprudencia del Supremo hace mucho tiempo que prohibió este tipo de conductas, las denominadas investigaciones prospectivas. Por desgracia, la solución a los recursos contra una decisión que la defensa considera injusta suele llegar demasiado tarde, cuando la supuesta injusticia se ha perpetrado. Un Estado de derecho con garantías debería poder disponer de fórmulas capaces de impedir actuaciones judiciales cuando no se atisba consistencia jurídica. Habrá que esperar a ver cómo se resuelve este proceso inquisitorial que cada vez tiene más tintes de “show“. De momento la única certeza que tenemos es el daño que se le está causando a una mujer profesional sólo por ser la mujer del presidente del Gobierno. Muy edificante en pleno siglo XXI. 

En democracia, en todo proceso penal hay que demostrar, en teoría, la culpabilidad; la inocencia se prueba en los procesos inquisitoriales o en los estados dictatoriales. Si Tomás de Torquemada levantara la cabeza se sentiría muy satisfecho del desempeño que están demostrando algunos aprendices de inquisidor.

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